Condenan a una empresa por haber incluido a una clienta en el registro de morosos

  • El juez fija 10.000 euros de indemnización por figurar indebidamente tres años en dicho registro.
Exterior de la Audiencia Provincial de Murcia.
Exterior de la Audiencia Provincial de Murcia.
GOOGLE STREET VIEW
Exterior de la Audiencia Provincial de Murcia.

La Audiencia Provincial de Murcia ha rebajado de 15.000 euros a 10.000 la indemnización que deberá abonar la empresa B.C.R. a una clienta por haberla incluido indebidamente en un registro de morosos.

La sentencia rectifica así en parte la dictada por un juzgado de primera instancia de Molina de Segura, que declaró que se había producido una intromisión en el derecho al honor y la propia imagen de la afectada, que debía ser indemnizada con 15.000 euros.

Y añadió que su nombre figuró indebidamente en el registro de morosos durante casi tres años, con los efectos negativos que ello conlleva.

Ahora, la Audiencia Provincial de Murcia, al estimar el recurso que presentó la demandada, rebaja a 10.000 euros la cantidad a pagar porque el juzgado no tuvo en cuenta que en una comparecencia la perjudicada se mostró conforme con recibir esa cantidad.

Y añade que otras circunstancias del caso también conducen a considerar como más adecuada y ajustada a derecho esa cuantía.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento