El juicio fue celebrado contra Jesús R.M., acusado inicialmente por la Fiscalía de un presunto delito de asesinato, cinco delitos de lesiones y un delito de tenencia ilícita de armas; así como contra su hermano, J.M.R.M., acusado de un delito de tenencia ilícita de armas, un delito de lesiones y un delito de amenazas; su padre y además su abuelo, J.M.R.P. y M.R.M., respectivamente.
El jurado popular, en ese sentido, ha declarado por unanimidad como probado que Jesús R.M., en el marco de la mencionada reyerta, cogió una escopeta cuyo uso compartía con su hermano pese a carecer ambos de licencia de armas y, "con ánimo de atentar contra la vida" de uno de los miembros de la familia rival, efectuó tres disparos mientras avanzaba hacia ellos.
Así, los miembros del jurado declaran probado por unanimidad a Jesús R.M. culpable de causar la muerte de Manuel Reyes de manera "intencionada" al haberle alcanzado con sus disparos, así como de lesiones a otros cinco familiares o allegados de la víctima alcanzados por los perdigones de tales disparos y de haber golpeado a otro miembro de la familia Reyes con la escopeta, causándole quemaduras al estar la misma aún ardiente tras los disparos.
Tras la lectura del veredicto, la Fiscalía, que inicialmente reclamaba 33 años de cárcel para Jesús R.M. por un delito de asesinato, ha modificado su acusación en el sentido de calificar los hechos como homicidio y reclamar 15 años por tal extremo para este acusado, para el que además solicita un año y medio más de cárcel por tenencia ilícita de armas.
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