El uso de mascarilla, obligatorio en cualquier centro laboral asturiano, aunque haya distancia

La última modificación realizada por la Consejería de Salud asturiana de la resolución de medidas de prevención frente a la COVID-19 extiende la obligatoriedad del uso de mascarillas en cualquier centro de trabajo en el que haya espacios comunes, también las oficinas, a pesar de que se mantenga la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros.
Trabajadores en la sede de Cruz Roja Española en San Sebastián de los Reyes, Madrid (España)
Trabajadores en la sede de Cruz Roja Española en San Sebastián de los Reyes, Madrid (España)
RRF
Trabajadores en la sede de Cruz Roja Española en San Sebastián de los Reyes, Madrid (España)

Así consta en la resolución publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) en la noche de este viernes por el consejero de Salud asturiano, Pablo Fernández, y que ya está en vigor.

Hasta la fecha, en Asturias solo era obligatorio usar mascarilla si había la suficiente distancia de 1,5 metros en las vías públicas de los núcleos urbanos. No era obligatorio en el resto de espacios.

Con la nueva norma, se incluyen dos nuevos puntos en los que se establece como obligatoria la mascarilla, incluso manteniendo esa distancia social. La obligatoriedad se extiende así a cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, así como en los centros laborales, siempre que haya espacios comunes de trabajo.

Desde el Principado justifican la extensión de la obligatoriedad diciendo que es preciso insistir en las medidas de prevención en el uso de la mascarilla. Explican que las recomendaciones vigentes en el momento actual mantienen la importancia de evitar durante mucho tiempo seguido la permanencia en espacios cerrados, mal ventilados y sin medidas de protección. Por ello consideran pertinente ahondar en la obligación del uso de mascarilla en espacios cerrados incluso manteniéndose la distancia de seguridad.

La resolución asturiana sigue, no obstante, sin considerar obligatorio el uso de mascarilla en las vías públicas de las zonas rurales, a menos que se produzca una aglomeración de personas, algo que depende de la apreciación, en su caso, las Fuerzas y Cuermpos de Seguridad y los órganos autonómicos y locales.

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