En su sentencia, emitida el pasado 3 de septiembre y recogida por Europa Press, dicha instancia judicial da cuenta de esta condena fruto de la conformidad de los dos acusados con la calificación del Ministerio Fiscal.
Según el relato de hechos probados de la sentencia condenatoria, sobre las 23,00 horas del día 11 de junio de 2017, Rafael Jesús J.C. y José Antonio M.P. se encontraban en el promontorio conocido como la Mesa de Setefilla, en la pedanía de El Veredón del Acebuchal de Lora del Río, un entorno objeto de diversas campañas de investigación arqueológica y declarado oficialmente como yacimiento, al contar con vestigios de actividad humana cuya antigüedad se remontaría al siglo XVI de la era previa a la actual.
Cada uno de ellos, según los hechos declarados como probados, usaba "un detector de metales de los habitualmente utilizados para expoliar, una azada, un pico y una pala para localizar restos arqueológicos ocultos", recordando la sentencia, merced al escrito de acusación de la Fiscalía, que se trata en efecto de una zona declarada como yacimiento arqueológico al incluir vestigios romanos y prerromanos y conocida por tal aspecto.
LAS PIEZAS EXPOLIADAS
Fruto de su actividad, según la sentencia, aquella noche los dos condenados extrajeron del yacimiento "13 objetos metálicos, en concreto nueve de plomo y cuatro de bronce". Salvo uno de ellos, todos los objetos son "inequivocádamente" de época romana, uno de ellos procedente probablemente de un sarcófago de plomo, según la sentencia.
No obstante, y según la sentencia, la Guardia civil fue alertada de esta situación e intervino a los condenados los detectores de metal y las herramientas en el coche en el que abandonaban el enclave, descubriendo que los detectores de metal estaban "adaptados precisamente para extraer vestigios arqueológicos".
Recordando que las piezas procedentes de un yacimiento arqueológico son de dominio público, la sentencia avisa del "daño" implícito en "la pérdida de información documental" derivada de la extracción incontrolada de los objetos históricos del subsuelo, alterando "irreparablemente su contexto".
CONDENADOS
Por todo ello, cada uno de los dos hombres resulta condenado a 15 meses de cárcel por un delito de daños al patrimonio histórico y otro año más de prisión por otro delito de hurto de bienes del patrimonio histórico y cultural.
Además, afrontan una indemnización de 5.000 euros en favor de la Consejería de Cultura, siendo acordada la suspensión de sus penas de prisión por tres años, bajo la condición de que no vuelvan a delinquir en dicho periodo y de cumplir seis meses de trabajos en beneficio de la comunidad.
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios