Baleares multa desde este viernes con 100 euros a quien fume en la calle

  • Está prohibido durante un periodo inicial de 15 días para evitar la propagación del coronavirus.
Varias Comunidades Autónomas han reforzado las restricciones a las 11 medidas tomadas por Sanidad para paliar los rebrotes de coronavirus. A partir de este martes en toda la comunidad catalana se aplican medidas, como la del cierre de bares y restaurantes a la 1 de la mañana o la de fumar en espacios públicos si no se garantiza una distancia mínima.
Imagen de archivo de un hombre fumando.
Varias Comunidades Autónomas han reforzado las restricciones a las 11 medidas tomadas por Sanidad para paliar los rebrotes de coronavirus. A partir de este martes en toda la comunidad catalana se aplican medidas, como la del cierre de bares y restaurantes a la 1 de la mañana o la de fumar en espacios públicos si no se garantiza una distancia mínima.

Fumar en un espacio público está prohibido en Baleares desde este viernes por un periodo inicial de 15 días, una norma implantada para prevenir la expansión del coronavirus cuya vulneración será sancionada, si no hay otras agravantes, con 100 euros de multa.

Fumar en la calle, como reunirse en grupos de más de diez personas, está considerado, inicialmente, una vulneración leve de la normativa de prevención de la Covid-19 ampliada desde este viernes por el Govern balear ante el incremento de las infecciones en las últimas semanas.

La portavoz del ejecutivo, Pilar Costa, ha recordado las principales medidas, aunciadas el pasado martes por la presidenta, Francina Amengol, entre las que se incluyen el uso obligatorio de las mascarillas en los centros laborales cerrados donde no haya mamparas de separación entre los trabajadores.

Otras medidas

Además, se cerrarán de 21 a 7 horas las playas y los parques y se reducirá a 30 personas en espacios abiertos y 15 en lugares cerrados la participación en entierros y velatorios.

En las bodas, la limitación será de 125 personas al aire libre y 75 en lugares cerrados, y, en cualquier caso, nunca más de la mitad del aforo habitual.

La principal novedad respecto a los criterios anunciados anteriormente es que la limitación al 50% del aforo interior y exterior de bares y restaurantes se aplicará solo en aquellos con capacidad para más de 50 personas. Si el aforo en condiciones normales es menor se permitirá ocuparlo al 75%, ha aclarado Costa.

La resolución publicada en el boletín oficial este viernes define como acontecimientos multitudinarios, al margen de los deportivos y culturales regulados de forma específica, aquellos que reúnan a 300 personas en el exterior y a 150 bajo techo, que requerirán autorización específica.

Se recoge también la suspensión de la actividad de los prostíbulos, "independientemente del tipo de licencia" con la que cuenten.

Costa ha resaltado que, al margen que haya previstas sanciones, el propósito del Govern es hacer llegar a la población la importancia de cumplir con todas las restricciones y acentuar la precaución para frenar los contagios.

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