Las dilaciones indebidas rebajan a 9 meses la condena de cárcel para el Mulo y el Pimpo por blanqueo debido

La Sección Cuarta de la Audiencia de Pontevedra ha condenado a 9 meses de prisión a Rafael Bugallo Piñeiro, 'O Mulo', y a su exsocio y excuñado Enrique Martínez Santiago, alias 'O Pimpo', por los delitos continuados de blanqueo de capitales derivados del tráfico de drogas.

El juicio se ha resuelto este martes mediante un acuerdo de conformidad entre las partes. La Fiscalía ha tenido en cuenta la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas ya que este caso se inició con una investigación en el año 1998.

Esta circunstancia ha rebajado considerablemente la petición inicial de penas que sumaba un total de 51 años de cárcel para las once personas imputadas, además de una petición de multa total que ascendía a cerca de 17 millones de euros.

En virtud del acuerdo alcanzado hoy el cambadés 'O Mulo' y el vilanovés 'O Pimpo' son los únicos condenados a penas de prisión, concretamente a 9 meses para cada uno, además de sendas multas de 41.961 y de 12.877 euros, respectivamente.

También son condenadas por su participación como beneficiarias a título lucrativo la exmujer Mari Nieves y dos hijos de Rafael Bugallo, 'O Mulo', así como la exmujer María Dolores y dos hijos de Enrique Martínez, 'O Pimpo'.

Todos ellos han reconocido los hechos por los que les acusa el Ministerio público, esto es que "de común acuerdo y con la intención de invertir el dinero obtenido por sus actividades relacionadas con el narcotráfico y aprovechar el dinero obtenido con el mismo procedieron a realizar diversos gastos e inversiones".

Por el contrario, el tribunal ha absuelto otras tres personas imputadas en esta causa después de que el fiscal retirase los cargos contra ellos.

El acuerdo también incluye el decomiso definitivo de muchas de sus propiedades, entre las que aparecen chalés, pisos, áticos, locales comerciales y casas rurales o parcelas edificables, la mayoría situados en la comarca de Arousa-Salnés.

El tribunal decidirá en la sentencia sobre la suspensión de esta condena, una petición de los abogados de las defensas a la que no se opone la Fiscalía. El fallo es firme y contra él no cabe recurso.

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