El Supremo tumba la semi-libertad que el Govern concedió a Forcadell porque es "injustificable" y "esconde una excarcelación"

  • La resolución firmada por el juez Manuel Marchena considera que las salidas del artículo 100.2 son "injustificables", por no haber cumplido suficiente condena.
  • El Tribunal que juzgó la causa del procés se ha concedido a él mismo las competencias para decidir sobre los permisos penitenciarios de los presos, algo que hasta ahora correspondía a las Audiencias Provinciales.
  • "No me sorprende, de este Tribunal no espero justicia, sé que es venganza", ha reaccionado Forcadell.
La expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, saliendo de la cárcel de Mas d'Enric el pasado 17 de febrero.
La expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, saliendo de la cárcel de Mas d'Enric el pasado 17 de febrero.
ACN
La expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, saliendo de la cárcel de Mas d'Enric el pasado 17 de febrero.

La sala del Tribunal Supremo que juzgó la causa del procés ha decidido que como tribunal sentenciador tiene las competencias para decidir sobre los permisos penitenciarios de los presos del 1-O, y ha tumbado la aprobación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario a Carme Forcadell, que le permitía salir a trabajar y hacer voluntariados. La resolución, firmada por el juez Manuel Marchena y publicada este jueves, acepta el recurso que interpuso la fiscalía y considera que las salidas son "injustificables", por no haber cumplido ni una cuarta parte de la condena. 

Hasta ahora, este tipo de salidas eran revisadas por las Audiencias Provinciales. No obstante, el Tribunal Supremo ha establecido un nuevo criterio por el cual a partir de ahora las salidas serán revisadas por el tribunal sentenciador. Consideran que el artículo 100.2 del reglamento penitenciario afecta al modelo de ejecución de la pena, y por ello creen que el TS tiene derecho a pronunciarse como órgano sentenciador. 

El artículo 100.2 tumbado por el juez hace referencia a un permiso que ya no existe, dado que corresponde a cuando Forcadell se encontraba en segundo grado, y le fue concedido por la junta de tractament de Mas d’Enric cuando la expresidenta del Parlament cumplía allí condena, antes de ser trasladada a Wad Ras. De hecho, Marisa Díaz, abogada de Forcadell, ha apuntado que la resolución no tiene consecuencias prácticas al tener el tercer grado en vigor. 

Al igual que la expresidenta del Parlament, el resto de presos del 1-O también tienen aplicado el tercer grado, una condición que fue ratificada por la Generalitat el pasado 14 de julio tras la aprobación de las juntas de las prisiones. No obstante, como el Supremo se ha otorgado a sí mismo las competencias, podría anularles el tercer grado, hacerles retroceder al segundo y, entonces, tumbarlo también. 

La Sala Segunda del TS deniega en el auto la aplicación a Forcadell de dicho régimen flexible, propuesto en febrero por la Junta de Tratamiento de la prisión de Mas d’Enric (Tarragona), al no existir ninguna conexión entre el programa de tratamiento aprobado, consistente en tareas de voluntariado y acompañamiento a familiar fuera de la cárcel, y el proceso de reinserción de la penada relacionado con el delito cometido.

Esto, dice el tribunal, hace "injustificable" ese régimen de semilibertad "de facto" del que disfrutaría antes de haber cumplido ni una cuarta parte de la condena. Carme Forcadell está condenada a 11 años y medio de prisión por el delito de sedición, en considerar el TS que tuvo un "papel decisivo" en la creación de una "legalidad paralela" desde su "privilegiada posición" como presidenta del Parlament. 

Sobre su cambio de la cárcel de Mas d’Enric (Tarragona) a Wad Ras (Barcelona), el Supremo avisa que no se permite el "traslado injustificado de un penado a otro centro si esta decisión está estratégicamente dirigida a rectificar la competencia del juez de vigilancia penitenciaria".

El Tribunal Supremo también decidirá sobre la aplicación del 100.2 de los demás presos independentistas y avisa de que la aplicación de este artículo no puede "esconder excarcelaciones propias del tercer grado".

Las reacciones

La ex presidenta del Parlament, Carme Forcadell, ha reaccionado a la decisión del Supremo en Twitter: "La competencia sobre el 100.2 es de la Audiencia Provincial, pero el Supremo la asume para poder revocarmelo. No me sorprende, de este Tribunal no espero justicia, sé que es venganza".

Por su parte, el presidente de la Generalitat, Quim Torra, ha hecho un llamamiento a la unidad del independentismo: "Que en el Estado español ningún independentista puede encontrar justicia, ya lo sabíamos. Que España no reconocerá el derecho a la autodeterminación de los catalanes, también. ¿Y entonces? Entonces todo depende del salto colectivo conjunto de todo el independentismo (instituciones + sociedad civil)", ha tuiteado. 

¿Qué pasará con el tercer grado?

Esta resolución quedaría anulada por el hecho de que el 100.2 ya no existe para Forcadell, ya que era un permiso que le dejaba salir a hacer voluntariados y cuidar de su madre cuando estaba en segundo grado, pero ahora ya tiene aceptado el tercero. No obstante, como el Supremo se ha otorgado las competencias, podría revocarle el tercer grado, hacerle retroceder al segundo y, entonces, tumbarlo también.

¿Y el resto de presos independentistas?

El TS también decidirá sobre la aplicación del 100.2 de los demás presos del procés. De hecho, afectará a todos los presos de España dado que la resolución establece que el tribunal sentenciador podrá decidir si avalan o no los permisos que las prisiones otorgaban para hacer voluntariado, algo que hasta ahora corría a cargo de las Audiencias Provinciales.

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