Consultorio de Vivienda: "Vivo en un bajo, y aunque me quejé a los padres los niños siguen utilizando mi ventana de portería"

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Unos niños jugando al balón en las proximidades de una vivienda.
Unos niños jugando al balón en las proximidades de una vivienda.
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Unos niños jugando al balón en las proximidades de una vivienda.

Si tienes problemas en tu comunidad de propietarios -derramas, goteras, plazas de garaje, limpieza, seguridad, ruidos, olores...- puedes resolverlas en nuestro consultorio. Envía tus preguntas al correo consultoriovivienda@20minutos.es

Aquí tienes las respuestas dadas hoy por nuestra experta Patricia Briones, letrada del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid.

De trastero a gimnasio

PREGUNTA Vivo en un edificio de dos plantas, con trasteros en la parte superior del edificio. Los vecinos que viven en el segundo piso transformaron su trastero en un gimnasio con pesas, lo que produce molestias por golpes, vibraciones, ruidos, etc.

Añadir que estos vecinos son reincidentes, ya que hace unos años tuvimos que acudir al juzgado donde reconocieron los hechos y se comprometieron en un acta de conciliación a "abstenerse de llevar a cabo usos ilegales y molestos en el trastero de su propiedad". ¿Que medidas debería acometer ahora?

RESPUESTA DE LA EXPERTA La comunidad debe iniciar los trámites para el ejercicio de la acción de cesación regulada en el art. 7.2 de la LPH que consiste en apercibir mediante burofax del cese de la actividad, como paso previo antes de adoptar el acuerdo para el inicio de acciones judiciales.

Fuga en tubería y perro molesto

PREGUNTA Vivo en una urbanización en casa particular. Hace un año una tubería de la comunidad que pasa por nuestra parcela tuvo fugas. La comunidad intentó arreglarlo pero no lo subsanaron y me empezaron a dar largas. Despues, en septiembre, vino una empresa especializada, que metió cámaras tras romper una arqueta.

Con el cambio de año y de la Junta de la comunidad pedí una solución pero me ponen excusas por lo del virus y me dicen que tengo que pagar parte de la reparación (cuando ni siquiera yo utilizo esa tubería (¿eso es posible?). No sé qué hacer, de la desesperación me dan ganas de taponar la tubería y que el problema pase a ser de otros.

Por otro lado, hace tres meses vino un nuevo vecinos a la casa de al lado en alquiler y tienen una perra que no para de ladrar. ¿Se lo debería de decir a ellos, a la comunidad que no me hace ni caso, al dueño de la casa, a la Policía? ¿A quién debo acudir para no tener un enfrentamiento con los dueños de la perra?

RESPUESTA DE LA EXPERTA En su vivienda, se encuentra constituida una servidumbre originaria con la construcción de una canalización común. La comunidad está obligada a repararla y, en su caso, indemnizarle por los daños y perjuicios ocasionados.

Al tratarse de un elemento común, deberá contribuir al pago de la reparación al igual que el resto de los propietarios.

En cuanto a los ladridos, aparte de enviar un burofax a los propietarios informando de los hechos y requiriéndoles para que adopten las medidas necesarias para que cesen las molestias, puede denunciar los hechos ante la policía y el ayuntamiento.

Por último, realice una medición de ruidos en las distintas franjas horarias.

Carteles de advertencia

PREGUNTA Vivo en un bajo y en el patio interior esta totalmente prohibido jugar a la pelotas. Pero los niños no hacen caso, he puesto quejas a la gestoria de la intercomunidad y hablado con los padres.

La gestoria puso carteles y me comentó que hablase con los padres, he hablado ya dos veces y ahora utilizan mi ventana de porteria. ¿Qué puedo hacer y cómo denunciar?

RESPUESTA DE LA EXPERTA Dado que expresamente lo tiene prohibido la comunidad, puede iniciar los trámites para el ejercicio de la acción de cesación previsto en el art. 7.2 de la LPH para actividades molestas y prohibidas.

Para ello, dado que hay que preconstituir la prueba, envíe a los padres un burofax informando de los hechos y requiriendo el cese de la actividad.

Realice fotos o videos para demostrar que juegan a la pelota. Además, notifique los hechos por escrito tanto al presidente como al administrador de la finca.

Contrato de arras

PREGUNTA Procedo a realizaros una consulta en relación con una compraventa de vivienda, que se ha visto alterada con el estado de alarma. En octubre de 2019 firmé un contrato de arras con la parte vendedora, entregando el 10% del valor de la vivienda, a sabiendas de que los vendedores abandonarían la casa pasados unos meses (están a la espera de su nueva vivienda).

En ese contrato de arras estaba establecido que la fecha de escritura pública en la notaría era 23.03.2020, motivo por el cual comunico a mi casero que con fecha 31.03.2020 abandono mi piso de alquiler.

A comienzos de marzo (aun con la pandemia en sus primeros pasos), la parte vendedora contacta conmigo y me indica que el día 23 no se pueden ir de la vivienda porque necesitan más tiempo para hacer la mudanza y aún no han encontrado un sitio donde irse de alquiler, ya que su nueva vivienda todavía no está finalizada, a lo que yo respondo que por mi parte, poco puedo hacer, ya que tengo todo organizado para realizar mudanza a partir del 23 y dejo mi piso de alquiler el 31, por lo que me vería en la calle.

Finalmente, tras varias llamadas e intentos de llegar al mejor acuerdo, establecemos la fecha de escrituras para el día 26.03.2020, pero una vez se decreta el estado de alarma la inmobiliaria me escribe indicando que hasta que no pase este no se va a a proceder a la firma (por lo tanto, esa nueva fecha del 26.03.2020 no se firmó en ningún momento).

La semana pasada me llaman de la inmobiliaria indicando que los dueños han dicho que hasta final de junio no pueden abandonar la casa, alegando que en Fase 0 no pueden visitar pisos de alquiler (cosa que he visto en su periódico que es rotundamente falso), a lo que yo indico que en ese caso yo me he visto obligado a abandonar mi piso de alquiler y a trasladarme a casa de mis padres a otra provincia mientras se solucionaba este tema, pudiendo teletrabajar, si bien es cierto que a partir de la semana que viene, yo debo volver a mi puesto de trabajo físico, y voy a tener que realizar unos desplazamientos superiores a una hora y media por trayecto.

Como consecuencia, indico que si la parte vendedora quiere apurar hasta final de junio, en compensación, se hagan cargo de los gastos de notaría. A día de hoy, sigo esperando respuesta por la inmobiliaria, que se supone que ha trasladado mi petición a los vendedores pero aún no ha obtenido respuesta.

Mi duda viene ahora: Dado que no hay firmado más que un contrato de arras, de fecha octubre, en el que se establece como fecha tope de escrituras 23.03.2020, ¿sería posible la ejecución de la devolución de las arras entregadas?

Porque llegado este momento, ante la negativa de la parte vendedora, no sé qué más alternativas tengo, ya que no hay todavía firmada ninguna nueva fecha, y veo que tras más de 7 meses de haber entregado arras la maniobra que está realizando la parte vendedora es la de aguantar en la vivienda para intentar evitarse un alquiler intermedio.

¿Qué más opciones tengo para solucionar esta situación? Huelga decir que estoy interesado en el piso, pero no estoy dispuesto a seguir esperando, concediendo prórrogas constantemente con el consiguiente perjuicio que me ocasiona, ya que necesito la vivienda con urgencia.

RESPUESTA DE LA EXPERTA Aunque nos encontremos en estado de alarma, las Notarías han venido funcionando aunque hayan requerido para ello que previamente se les argumentase el motivo para ir a la cita para valorar si se debía a motivos de urgencia. Por lo tanto, se podría haber formalizado perfectamente la compraventa. Consulte con otro Notario.

Si existe un retraso injustificado para formalizar la venta, puede solicitar daños y perjuicios de los daños que le estén generando y solicitar una quita en el precio de la vivienda. En cuanto a las arras, debería analizar las causas de resolución por esta causa.

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