Para Cortés el recurso de la Fiscalía "no es suficiente" pero "se acerca más a la justicia"

  • El padre de Mari Luz insiste en que debe ser retirado de la judicatura.
  • El CGPJ decidió sancionar con 1.500 euros al juez Rafael Tirado.
  • La Fiscalía ha recurrido la sanción y pide una suspensión de tres años.
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Juan José Cortés, padre de Mariluz, junto al abuelo de la niña Juan Cortés y uno de sus hermanos. (Iván Quintero / EFE).
Juan José Cortés, padre de Mariluz, junto al abuelo de la niña Juan Cortés y uno de sus hermanos. (Iván Quintero / EFE).
Iván Quintero / EFE
Juan José Cortés, padre de Mariluz, junto al abuelo de la niña Juan Cortés y uno de sus hermanos. (Iván Quintero / EFE).
Juan José Cortés, el padre de
Mari Luz , la niña onubense presuntamente asesinada por Santiago del Valle, aseguró hoy que el recurso de la Fiscalía en el que pide que se
le suspenda por tres años la carrera judicial del juez Tirado "no es suficiente, pero se acerca más a la justicia".

Según explicó el padre de la pequeña, "un juez que tiene antecedentes, que ya ha cometido irregularidades con anterioridad y que ha sido sancionado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) , debe ser retirado de la carrera judicial".

Es un juez con antecedentes y que ya ha cometido antes irregularidades
En cuanto al recurso de la Fiscalía, apuntó que "si decide recurrir de esa manera,
lo único que queda es esperar a lo que diga el CGPJ", pero que al menos esta sanción "se acerca más a una justicia justa" que
la que interpuso el CGPJ de 1.500 euros, teniendo en cuenta "la desatención y el error que cometió Tirado".

Por su parte, el teniente fiscal del Tribunal Supremo, Juan José Martín-Casallo, presentó hoy un recurso en el que explica que el juez sancionado "debería haber establecido un mínimo control sobre el estado de todas y cada una de las ejecutorias que se tramitaban en el Juzgado, lo que le hubiera permitido, al efectuar dicho control, detectar la existencia de la ejecutoria 31/06 y del estado de paralización en que se encontraba".

El juez expedientado no prestaba dedicación alguna a las ejecutorias
Tras examinar los hechos probados, el Fiscal llega a la conclusión de que "el magistrado expedientado
no prestaba dedicación alguna a las ejecutorias y consecuentemente
no adoptó medida alguna en más de dos años para poner remedio a dicha situación".

De todo lo anterior, el Ministerio Fiscal entiende que la conducta del juez Tirado es constitutiva, bien de la desatención, bien del retraso injustificado y reiterado en la iniciación, tramitación o resolución de procesos y causas, conducta que está tipificada como falta muy grave, por lo que solicita que se le imponga la sanción por tiempo de tres años.

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