Afectados por los cambios en las ayudas al alquiler demandarán a la Agència de l'Habitatge de la Generalitat

Oficinas gestoras de las ayudas al alquiler
Oficinas gestoras de las ayudas al alquiler.
ANTONIO HERREROS
Oficinas gestoras de las ayudas al alquiler

Ciudadanos afectados por los nuevos requisitos para acceder a las ayudas MIFO para pagar el alquiler, con presupuesto del Ministerio de Fomento pero gestionadas por la Agència de l’Habitatge de Catalunya, presentarán una demanda colectiva contra este organismo de la Generalitat, responsable de estos cambios. Se trata de personas, la mayoría jubilados o con rentas muy precarias, que en los últimos años habían sido beneficiarias de la subvención y que se han quedado sin la de 2019 por la introducción de estas modificaciones, que se refieren a los ingresos que deben tener los adjudicatarios.

"El miércoles 12 de febrero interpondremos un recurso contencioso-administrativo contra las denegaciones de la ayuda y la resolución que declara extinguida la partida presupuestaria", explica a 20minutos.es el abogado Carles Alonso, que representa al Sindicat de Llogateres y a la Associació 500x20 por el derecho a la vivienda.

También detalla que uno de los argumentos que utilizarán es que se ha dado lo que en derecho se conoce como "una vulneración de la confianza legítima", porque la mayoría de los perjudicados no conocían los cambios en los requisitos porque no se les había informado.

Por su parte, Sònia Ferrer cuenta que la denegación de las ayudas a "miles" de personas ha motivado la creación de la Plataforma d’Afectades per la Denegació de la Subvenció al Pagament del Lloguer, de la que ella es responsable y portavoz, y que esta nueva organización ya reúne a "entre 150 y 200 personas".

Hasta el momento, afirma, han mantenido encuentros con representantes de "ERC y el PSC" y se han puesto en contacto con varios ayuntamientos catalanes.

Ferrer señala que entre los afectados hay "un poco de todo", pero principalmente "personas mayores con movilidad reducida", como su madre, a quien han denegado la ayuda, y asegura que ha visto a "gente llorando saliendo de las oficinas de vivienda" tras enterarse de que ya no contarán con la subvención. "Queremos que nos den nuestro dinero porque nos toca, o que hagan como en Mallorca, donde se ha autorizado una convocatoria extraordinaria correspondiente a 2018 para personas que se quedaron excluidas", reclama.

Los cambios

Como ya adelantó este diario el pasado 14 de noviembre a raíz de una denuncia de dos trabajadores de la Agència d’Habitatge de Catalunya, al igual que otros años, una de las condiciones para acceder a estas subvenciones es que los ingresos anuales de las familias sean suficientes para pagar el alquiler. Para confirmarlo, se tiene en cuenta la base imponible general de la declaración de la renta, cifra que surge de restar a los ingresos brutos retenciones y deducciones.

Sin embargo, en otras convocatorias, si esta no cubría el importe anual del alquiler, se podían contemplar los ingresos brutos anuales o ingresos complementarios que pudieran acreditar los solicitantes mediante una declaración responsable. Las nuevas bases reguladoras han eliminado estas dos posibilidades.

Este cambio perjudica sobre todo a los pensionistas con menos renta porque su base imponible es baja, pues acostumbran a tener más deducciones, por personas a cargo y por discapacidades. Pero no solo este sector de la población se ve afectado, sino también las personas con rentas más precarias, cuya base imponible tampoco es suficiente para hacer frente al alquiler.

"Se da la paradoja de que cuanto menores son los ingresos de las familias, más dificultades tienen para acceder a las subvenciones", señalaron los dos empleados de l’Agència d’Habitatge.

Otro de los obstáculos para poder optar a estas ayudas ahora es que se ha introducido un nuevo requisito para ello. Las familias deben tener unos ingresos anuales iguales o superiores a 0,6 veces el Indicador de la Renta de Suficiencia de Catalunya (IRSC), que es de 7.967,73 euros anuales. Esto supone que su base imponible tiene que ser superior a 4.780,64 euros, lo que limita aún más el acceso a estas ayudas a las familias más pobres.

No obstante, cuando el importe anual del alquiler es inferior a 0,6 veces el IRSC, los solicitantes pueden optar a estas subvenciones si su base imponible es superior al valor del alquiler. Este no puede superar en ningún caso los 750 euros mensuales en la demarcación de Barcelona.

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