Nuevas normas en las ayudas al alquiler en Cataluña excluyen a los jubilados

  • Trabajadores de la Agència de l’Habitatge de Catalunya denuncian que las rentas más bajas se quedan fuera.
Oficinas gestoras de las ayudas al alquiler
Oficinas gestoras de las ayudas al alquiler
ANTONIO HERREROS
Oficinas gestoras de las ayudas al alquiler

"La mayoría de pensionistas, alrededor del 80%, que recibían en Cataluña las conocidas como ayudas MIFO del Ministerio de Fomento para pagar el alquiler, se quedarán sin ellas el año que viene", denuncian a 20minutos dos trabajadores de la Agència d’Habitatge de Catalunya, un organismo de la Generalitat que gestiona todas las subvenciones existentes en materia de vivienda. 

Señalan como motivos cambios en los requisitos que deben cumplir los beneficiarios y en el cálculo de sus ingresos anuales, unas modificaciones que ha introducido el Govern, responsable de redactar las bases reguladoras para la concesión aunque el presupuesto provenga del Gobierno central.

Al igual que otros años, una de las condiciones para acceder a estas ayudas es que los ingresos anuales de las familias sean suficientes para pagar el alquiler. Para confirmarlo, se tiene en cuenta la base imponible general de la declaración de la renta, cifra que surge de restar a los ingresos brutos retenciones y deducciones. 

Sin embargo, otros años, si esta no cubría el importe anual del alquiler, se podían contemplar los ingresos brutos anuales o ingresos complementarios que pudieran acreditar los solicitantes mediante una declaración responsable. Las nuevas bases reguladoras han eliminado estas dos posibilidades.

Este cambio perjudica sobre todo a los pensionistas con menos renta porque su base imponible es baja, pues acostumbran a tener más deducciones, por personas a cargo y por discapacidades. Pero no solo este sector de la población se ve afectado, sino también las personas con rentas más precarias, cuya base imponible tampoco es suficiente para hacer frente al alquiler.

"Se da la paradoja de que cuanto menores son los ingresos de las familias, más dificultades tienen para acceder a las subvenciones", señalan los dos empleados de l’Agència d’Habitatge.

En la convocatoria de este año hay casos como el de un solicitante con unos ingresos brutos de 6.200 euros al año y que se tiene que hacer cargo de un alquiler de 4.068 euros anuales. Como tras muchas deducciones, su base imponible en la declaración de la renta es de 553 euros, se le denegará la ayuda porque no cubre el importe de la vivienda.

Sin embargo, a otro solicitante, con más de 14.000 euros brutos de ingresos y con una base imponible de 9.542 euros, sí que se le concederá la subvención, porque este último importe supera los 7.212 euros anuales de alquiler a los que tiene que hacer frente.

Otro de los obstáculos para acceder a estas ayudas en la última convocatoria es que se ha introducido un nuevo requisito para poder optar a ellas. Las familias deben tener unos ingresos anuales iguales o superiores a 0,6 veces el Indicador de la Renta de Suficiencia de Catalunya (IRSC), que es de 7.967,73 euros anuales. Esto supone que su base imponible tiene que ser obligatoriamente superior a 4.780,64 euros, lo que limita todavía más el acceso a estas ayudas a las familias más pobres.

No obstante, cuando el importe anual del alquiler es inferior a 0,6 veces el IRSC, los solicitantes pueden optar a estas ayudas si su base imponible es superior al valor del alquiler. Este no puede superar en ningún caso los 750 euros mensuales en la demarcación de Barcelona.

Los trabajadores de la Agència d’Habitatge explican que aún no se ha comunicado a los solicitantes la resolución de las solicitudes –el periodo de presentación fue del 16 de abril al 7 de junio–, pero que al estudiarlas se han dado cuenta de que «a muchas de las personas que durante años han estado recibiendo estas ayudas, en esta ocasión se les revocarán».

El presupuesto del Ministerio de Fomento para estas subvenciones asciende a 20 millones de euros en 2019.

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