Detenido el conductor de un camión que circulaba por la N-523 multiplicando por ocho la tasa de alcohol

Agentes de la Guardia Civil han detenido a un hombre de 44 años y de nacionalidad portuguesa, que fue interceptado cuando concudía un camión por la N-523 (Cáceres- Badajoz) con una tasa de alcohol ocho veces superior a la permitida.
Interceptado un conductor de un vehículo que octuplicaba la tasa de alcohol
Interceptado un conductor de un vehículo que octuplicaba la tasa de alcohol
GUARDIA CIVIL
Interceptado un conductor de un vehículo que octuplicaba la tasa de alcohol

Los hechos ocurrieron el pasado 27 de enero, cuando agentes de la Guardia Civil del Subsector de Tráfico de Cáceres observaron la "conducción anómala" de un camión de gran tonelaje que arrastraba un semirremolque con placa de matrícula portuguesa, y cuyo conductor podía hallarse bajo la influencia de bebidas alcohólicas.

Ante estas evidencias, los agentes interceptaron el vehículo en el kilómetro 8,800, donde su conductor fue sometido a la reglamentaria prueba de alcoholemia, que arrojó como resultado 1,21 mg/litro en aire espirado en la primera prueba y 1,29 mg/l. en la segunda, cuando la tasa reglamentaria para este tipo de conductores es la de 0,15 mg/l, por lo que superaba ocho veces la tasa máxima permitida.

El conductor, un varón de 44 años de edad y nacionalidad portuguesa, fue detenido y puesto a disposición del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Guardia de Cáceres, por la supuesta comisión de un delito contra la Seguridad Vial, al conducir un vehículo a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas, superando ocho veces la tasa de alcohol legalmente establecida, según informa la Guardia Civil en nota de prensa.

La Guardia Civil ha realizado un llamamiento sobre el peligro que generan este tipo de conductas, que además suponen un delito expresamente recogido en el artículo 379,2 del Código Penal, que puede ser castigado con penas de prisión de 3 a 6 meses, o multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en cualquier caso, con privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

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