La multan por arrojar lejía al hijo de una vecina con la que no se llevaba bien

  • El niño fue "alcanzado" por un chorro de lejía mientras jugaba.
  • La mujer alega que no hay pruebas y que en cualquier caso, el niño no sufrió daño alguno.
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La Audiencia Provincial de Jaén ha confirmado la multa de 200 euros impuesta a una mujer por tirar lejía a un menor, hijo de una vecina con la que no se llevaba bien, por una falta de vejaciones.

El fallo judicial consultado dictamina que una tarde de octubre del pasado año un menor que estaba jugando en el patio de la comunidad de su domicilio resultó salpicado en la cabeza por un "chorro" de lejía que una vecina, con la que la madre del pequeño no guardaba buena relación, le arrojó desde el balcón de su casa.

Ante estos hechos, esa vecina, identificada como Teresa M.P., fue condenada por una falta de vejaciones al pago de una multa de 200 euros, si bien recurrió ese fallo alegando que no existía prueba de que hubiera sido ella quien lanzó la lejía la niño y que, en cualquier caso, no se causaron daños ni lesiones de ningún tipo.

Además, justifica que no pudo asistir al juicio porque padece flebitis, si bien la Audiencia rechaza sus argumentos esgrimiendo que el juicio se celebró el pasado 11 de marzo y que el certificado médico que ha presentado está fechado días después, el 27 de marzo, de ahí que ahora no pueda sostener que no hay pruebas sobre los hechos ya que el momento de haber justificado eso fue en el juicio al que no acudió ni tampoco acreditó en su día impedimento alguno. Por tanto, desestima el recurso de apelación y confirma la resolución emitida en primera instancia.

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