Abierto el plazo del voto por correo para las elecciones generales del 28-A

Abierto el plazo para solicitar el voto por correo para las elecciones municipal.
Abierto el plazo para solicitar el voto por correo para las elecciones municipal.
CORREOS
Abierto el plazo para solicitar el voto por correo para las elecciones municipal.

Los votantes comienzan a recibir desde este lunes la documentación necesaria para ejercer el voto por correo. Esto se produce a partir del trigésimo cuarto día posterior a la convocatoria, que de cara a las elecciones generales del 28 de abril es este lunes, 8 de abril. El plazo para enviara al votante la documentación finaliza el 21 de abril.

Si se está en España pero no en el lugar en el que le corresponde votar, el procedimiento para participar en las elecciones por correo es el siguiente: los impresos de solicitud de voto por correo se encontrarán en todas las oficinas postales de Correos de España, por lo que es allí a donde debe ir para pedirlo.

Deberá mostrar su DNI, permiso de conducir, pasaporte o tarjeta de identidad/residencia de extranjero para que se pueda comprobar su identidad. Tras este proceso, que es gratuito, desde la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral le enviarán a su domicilio por correo certificado —es decir, debe ser recibido personalmente— la documentación para emitir el voto.

Cuando reciba esta documentación, debe rellenar la papeleta de voto o elegirla de entre las distintas opciones, insertarla en el sobre y cerrarlo completamente.

Tendrá que llevar a cualquier oficina postal el sobre modelo oficial dirigido a la mesa electoral, con el certificado de inscripción en el censo electoral y el sobre de votación —donde va la papeleta—. Tiene de plazo hasta el 24 de abril.

La oficina tramitará el envío como correo certificado y urgente, con carácter gratuito.

En caso de no poder hacer este proceso en persona por estar enfermo o tenga alguna incapacidad, esta situación se debe acreditar mediante un certificado médico oficial, que se incluirá junto al impreso de solicitud de voto por correo. En este caso el trámite lo puede hacer otra persona, que deberá estar autorizada notarialmente.

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