El Supremo ordena readmitir a una trabajadora embarazada despedida en un ERE

Una mujer embarazada.
Una mujer embarazada.
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Una mujer embarazada.

El Tribunal Supremo ha ordenado la readmisión de una empleada del Grupo Rodilla despedida en un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) cuando estaba embarazada, al entender que pudo haber discriminación pues la empresa no justificó su decisión a los niveles que exige la ley en estos casos.

De este modo, reconoce el derecho de la demandante a percibir los salarios no abonados desde su cese en mayo de 2013, ya que de los criterios del ERE no se desprende la "necesidad de amortizar" el puesto de la mujer, responsable de cuentas de una compañía vinculada directamente al grupo, y que a diferencia del resto de afectados trabajaba en la sede central de la cadena de restauración.

A comienzos de año, relata la sentencia, la trabajadora, encargada de "contactar con directores de compras de grandes cadenas comerciales, gestionar precios, hacer seguimiento de la trayectoria y abrir nuevas cuentas", comunicó que estaba embarazada a su superior, el director general de la codemandada Rodilla.

Tres meses más tarde, la empresa inició un ERE por causas económicas que se saldaría con la extinción de hasta 78 contratos de trabajo dadas las "nuevas responsabilidades de acuerdo con la nueva estructura necesaria en la fábrica".

El Supremo recuerda que en los casos en los que un despido afecta a una trabajadora embarazada, la regulación española exige proporcionar de una tutela "más energética que la ordinaria frente a la discriminación".

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