La Audiencia Nacional rechaza suspender de forma cautelar la venta del Banco Popular

  • Apuntan a que el FROB solo siguió las indicaciones de la Junta Única de Resolución para ejecutar la operación.
  • Una suspensión dejaría sin efecto la decisión del órgano europeo.
Una sucursal del Banco Popular.
Una sucursal del Banco Popular.
EUROPA PRESS
Una sucursal del Banco Popular.

La Audiencia Nacional ha rechazado suspender de forma cautelar la venta del Banco Popular al Banco Santander tal y como habían solicitado varios particulares en sus recursos presentados contra la resolución del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) que ejecutó la operación.

Entre ellos se encontraba el empresario Antonio del Valle, que encabezaba un grupo de inversores que apostó por controlar el 6% de la entidad con una inyección de 450 millones en el año 2013.

Así lo expone la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso en un auto en el que rechaza las peticiones de que se anulase el acuerdo del FROB en tanto este siguió lo acordado por la Junta Única de Resolución (JUR), organismo europeo del sistema financiero que valoró con anterioridad la dificultad por la que atravesaba la entidad presidida por Emilio Saracho.

Por ello, los jueces exponen que una suspensión cautelar de la resolución adoptada el pasado 7 de junio por la comisión rectora del fondo de rescate consistente en la venta por el precio simbólico de un euro del Popular al Santander, dejaría sin efecto la decisión del órgano europeo y precisan que los perjuicios invocados se deben residenciar en otros tribunales europeos competentes sobre la JUR.

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