BlaBlacar evita el cierre al ratificarla el juez como web de contactos sin ánimo de lucro

Julián (centro), el conductor que llevará a Benidorm a Nacho (dcha) y a Félix tras acordar compartir el viaje a través de la plataforma colaborativa Bla Bla Car.
Julián (centro), el conductor que llevará a Benidorm a Nacho (dcha) y a Félix tras acordar compartir el viaje a través de la plataforma colaborativa Bla Bla Car.
JORGE PARÍS
Julián (centro), el conductor que llevará a Benidorm a Nacho (dcha) y a Félix tras acordar compartir el viaje a través de la plataforma colaborativa Bla Bla Car.

El titular del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid ha desestimado la demanda por competencia desleal que presentó la Confederación Española de Transporte en Autobús-Confebús contra Bla Bla Car al entender que "no existe una evidencia clara de que realice labores de transportes de viajeros".

El Juzgado ha desestimado íntegramente la demanda presentada a mediados de 2015 contra BlaBlaCar, que de esta forma, evita su cierre.

Según la sentencia, queda "probado" que esta plataforma de consumo colaborativo "realiza una actividad ajena a la regulada por la Ley de Ordenación de Transporte Terrestre", en contra de lo que defendía la patronal de autobuses en su demanda contra Comuto Iberia S. L. y Comuto S. A. "La actividad de Blablacar se centra única y exclusivamente en el ámbito del transporte privado, de ahí que no se pueda entender por desleal una competencia por vulneración de dicha normativa".

"Blablacar ha generado una plataforma, no para organizar el transporte, sino para poner en contacto a particulares que quieren realizar un viaje juntos y compartir determinados gastos", dice el magistrado en su sentencia. Y añade que para "dar calidad al servicio de contacto ha puesto unos márgenes de actuación en modo alguno obligatorios para quien lo usa o presta una plaza en su coche para realizar el trayecto".

El juez —Andrés Sánchez Magro, el mismo que en diciembre de 2014 dictó el cierre de Uber en España— argumenta que los conductores "no están contratados por Blablacar, ni pertenecen a una empresa dedicada a este fin, sino que son particulares que "por su cuenta y riesgo se ofrecen a la plataforma buscando a personas que tengan interés en realizar ese mismo viaje y pagar el coste de un viaje".

"De manera artesanal"

El magistrado, en resumen, entiende que se trata de compartir gastos de un viaje y no de abonar un servicio prestado. Y en este sentido, indica en el auto que igual que se utiliza una web como BlaBlaCar, los viajes compartidos en coche privado pueden buscarse de una "manera artesanal" mediante carteles en los tablones de anuncios de las universidades y supermercados.

"BlaBlaCar perfecciona este sistema artesanal dado que genera un enorme volumen de proveedores y usuarios [tienes tres millones de usuarios registrados en España] pues debido a su fama y a la publicidad que realiza, todo el que quiere abaratar su viaje, o quiere hacerlo en coche particular puede acceder de forma infinitamente más efectiva que si lo hace mediante un anuncio", apunta la resolución.

"El que una persona pretenda lucrarse utilizando la plataforma, tiene carácter excepcional pero no está entre los objetivos de Blablacar", dice finalmente la sentencia, que se hace eco de la política de BlaBlaCar de no contactar con conductores que inflan el precio porque sería un uso indebido del servicio. Confebús puede recurrir aún la sentencia ante la Audiencia Provincial de Madrid, pero tiene para ello un plazo máximo de 20 días.

"El proceso judicial está por fin finalizado y todos han entendido que BlaBlaCar es una nueva forma de viajar que ya es una realidad en España", se ha congratulado Jaime Rodríguez de Santiago-Concha, Country Manager de BlaBlaCar España y Portugal. La compañía defiende que la sentencia "no deja lugar a dudas", que su firma es una "red social"y que "la decisión es coherente con la consideración que el coche compartido tiene en toda Europa".

El magistrado, en todo caso, advierte que, en cuanto a la economía colaborativa se refiere, la realidad va muy por delante de la ley. "Estas plataformas e intermediarias en Internet no están suficientemente reguladas, pero la falta de regulación no puede llevar a su prohibición", asegura.

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