Contra el Auto de demolición cabe interponer recurso de apelación en un solo efecto ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el plazo de quince días siguientes a su notificación.
El Juzgado aceptó en el mes de julio el aplazamiento de la demolición hasta que la Confederación Hidrográfica respondiese a la solicitud de autorización para el tránsito de camiones por la zona de protección de servidumbre de la Laguna El Llagú.
Aquel Auto de aplazamiento dejaba claro que no suponía la suspensión de la ejecución de la sentencia sino el aplazamiento de la demolición para garantizar que la misma se realizase garantizando la seguridad de los bienes y el dominio público hidráulico".
Martínez Ceyanes decide ahora que "no ha lugar a prorrogar el plazo para el inicio de las obras de demolición debiendo estarse a lo ordenado en el Auto de 2 de marzo de 2016 y por lo tanto, debiendo informar el Ayuntamiento de Llanes, como órgano encargado de la ejecución del fallo, de los trámites seguidos para el cumplimiento del mismo en ejecución de la sentencia dictada, en el plazo de diez días".
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