El Constitucional mantiene la inhabilitación de Otegi para concurrir a las elecciones vascas

  • No podrá presentarse a lehendakaru por EH Bildu.
  • La campaña para las elecciones del 25-S arranca este viernes. 
  • Otegi agota así todos los recursos legales contra su exclusión de la lista electoral.
  • El líder abertzale ya había avisado de que lideraría la candidatura "hagan lo que hagan los tribunales españoles".
Arnaldo Otegi, en rueda de prensa.
Arnaldo Otegi, en rueda de prensa.
EUROPA PRESS
Arnaldo Otegi, en rueda de prensa.

El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso de amparo presentado por el dirigente de la izquierda abertzale Arnaldo Otegi, por lo que mantiene su inhabilitación para concurrir a las elecciones vascas que se celebran el 25 de septiembre.

Otegi no podrá optar a ser lehendakari por EH Bildu en los comicios del 25 de septiembre, cuya campaña arranca este viernes.

El político recurrió la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de San Sebastián, que confirmó su exclusión de la lista electoral de EH Bildu, que encabeza.

El alto tribunal, que tenía de plazo hasta las doce de la noche del jueves, se ha reunido esta tarde para estudiar este y otros recursos ante la Junta Electoral y ha resuelto rechazar la petición de Otegi.

Un fallo que agota las posibilidades del dirigente abertzale, que no podrá ser candidato. Sin embargo, Otegi ya había avisado de que liderará el proyecto de la coalición soberanista "hagan lo que hagan los tribunales españoles".

Seguirá en campaña

De hecho, la mañana de este martes, horas antes de conocerse el fallo, Otegi había asegurado que él va a ser el candidato a lehendakari de EH Bildu, decidiera lo que decidiera el Constitucional, y que continuará con la campaña electoral, porque la coalición independentista "no va a nombrar a ningún otro candidato".

En una entrevista cpncedida a Euskadi Irratia, recogida el dirigente abertzale dijo que podía prever la resolución "teniendo en cuenta la composición del Tribunal Constitucional, y que en esa composición el PP tiene mayoría y que el mismo presidente ha sido militante del Partido Popular".

De esta manera, ha reiterado que será el candidato a lehendakari de EH Bildu porque la coalición soberanista "no va a nombrar a ningún otro candidato por dos razones". "Por un lado, porque creemos que hay que actuar con coherencia, ya que decimos que somos soberanistas e independentistas, y hemos tomado una decisión y no vamos a aceptar ninguna injerencia del Estado", ha añadido.

Por unanimidad

La Sala Primera del TC, según informa el alto tribunal, ha decidido por unanimidad no admitir el recurso al considerar que no existe, como reclamaba el recurrente, violación de un derecho fundamental tutelable en amparo.

Otegi fue excluido de las listas electorales por la Junta Electoral de Gipuzkoa debido a la pena de inhabilitación para sufragio pasivo que pesa sobre él como consecuencia del caso Bateragune, el intento de reconstruir la ilegalizada Batasuna.

Esta decisión fue recurrida por el dirigente abertzale ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de San Sebastián, que confirmó el pasado viernes la decisión de la Junta y dejó a Otegi fuera de la carrera electoral.

Ahora, el TC recuerda que ambas decisiones anteriores se basaban en la inelegibilidad en la que se encuentra Otegi por no haber terminado de cumplir la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo a la que fue condenado, cuyo vencimiento la Audiencia Nacional fijó el 1 de febrero de 2021.

Y la Audiencia lo hizo, añade el auto, en una providencia con la que "el ahora recurrente se aquietó y consintió en su momento en el orden penal" al no formular recurso alguno.

Término de la condena

Pero Otegi alegaba en su demanda que la pena de inhabilitación para el ejercicio del sufragio pasivo habría quedado extinguida al mismo tiempo que la pena de prisión de la que es accesoria, es decir, el pasado 1 de marzo.

De todos modos, el TC subraya que la providencia de la Audiencia Nacional no podía ser objeto ni del recurso amparo electoral ante el alto tribunal ni tampoco del proceso contencioso-electoral que el demandante promovió contra el acuerdo de la Junta, "al no ser la jurisdicción contencioso-administrativa la competente para determinar el cumplimiento de las penas y su liquidación".

Va más lejos el auto y asegura que el acuerdo de la Junta Electoral no ha lesionado ninguno de los derechos fundamentales que invocaba Otegi en su recurso, como el derecho a la tutela judicial efectiva, el principio de legalidad penal y el derecho de participación en los asuntos públicos.

Otegi, continua el auto del TC, se encuentra en una causa de "inelegibilidad legalmente prevista, en virtud de una resolución judicial firme" y la Junta Electoral "estaba compelida" a su cumplimiento"

Avala asimismo la resolución del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián, porque este órgano no puede "enjuiciar o revisar" la resolución judicial dictada por la Audiencia Nacional respecto a la liquidación de condena de la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo.

Reacciones

Tras conocerse la decisión del Constitucional, la cuenta oficial de EHBildu ha colgado una fotografía de una pancarta en la que se lee, en euskera, el mensaje "¿Quién eres tú para negar nuestra elección? Otegi, el lehendakari del pueblo".

Por su parte, el PNV ha lamentado que el tema de la inhabilitación de Arnaldo Otegi como candidato a lehendakari haya hurtado "tiempo y espacio al auténtico y genuino objetivo que se persigue en todo proceso electoral, que no es otro que el libre y público contraste de ideas, proyectos y programas entre partidos políticos" para que la ciudadanía pueda configurar su opinión y criterio a la hora de definir el sentido de su voto.

En un comunicado, el PNV ha asegurado que "habría preferido que Arnaldo Otegi hubiera podido concurrir", tal y como decidió su partido, como candidato a lehendakari en las elecciones vascas y que, de esa forma, "hubiera sido la ciudadanía vasca la única encargada de decidir, con su voto, si le correspondía o no ocupar un escaño en el Parlamento vasco".

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