El Constitucional tumba el recurso del PSOE contra la reforma eléctrica de 2013

  • Los socialistas argumentaban que vulneraba la seguridad jurídica y la no retroactividad de las disposiciones sobre la nueva retribución de las renovables.
  • En virtud de esta normativa, se pasó de un sistema de primas a una retribución a lo largo de la vida útil.
  • La decisión del TC podría afectar a los recursos presentados contra la misma norma por Andalucía, Extremadura, Navarra y Murcia.
Una planta termosolar en Calasparra (Murcia).
Una planta termosolar en Calasparra (Murcia).
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Una planta termosolar en Calasparra (Murcia).

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado el recurso de inconstitucionalidad que presentó el PSOE contra el real decreto de medidas urgentes para la estabilidad financiera del sistema eléctrico.

El recurso, presentado en octubre de 2013 por los socialistas contra la aplicación retroactiva del nuevo régimen retributivo de la producción de electricidad, argumentaba que vulnera los principios de seguridad jurídica y de no retroactividad de las disposiciones que afectan a derechos individuales. Sin embargo, el TC responde que la modificación del régimen retributivo obedece "a una motivación justificada y cierta" y no vulnera dichos principios.

La decisión del TC podría afectar a la resolución de otros recursos presentados contra la misma norma, los de los gobiernos de Andalucía y de Extremadura, la Diputación Foral de Navarra y el Gobierno de Murcia.

En concreto, el recurso socialista se dirigía a varios artículos de la ley del sector eléctrico referidos a la modificación retributiva de las renovables y la cogeneración, que en virtud de esta normativa pasó de un sistema de primas a una retribución razonable a lo largo de la vida útil, al considerar que eran retroactivos y no cumplían los requisitos de extraordinaria y urgente necesidad.

El Constitucional responde que estas cuestiones ya fueron abordadas en el recurso planteado por Murcia contra la normativa renovable y que fue desestimado. En esa sentencia, el tribunal ya consideró justificada la urgencia por la evolución "expansiva" de los costes del sistema eléctrico en una situación de crisis económica.

Con respecto a la retroactividad, el Constitucional defiende que la confianza legítima no se ha visto afectada ya que este principio "no protege de modo absoluto la estabilidad regulatoria, ni la inmutabilidad de las normas precedentes", al tiempo que subraya que la modificación normativa no fue "inesperada".

Además, a pesar de que la nueva retribución renovable no se conoció hasta meses después de aprobarse la ley del sector eléctrico, el Constitucional descarta que suponga retroactividad, ya que los productores conocían desde ese momento el futuro cambio.

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