El Gobierno catalán empezará a recaudar el tributo a los pisos vacíos en 15 días

  • El impuesto a los pisos que lleven más de dos años vacíos en zonas que necesiten viviendas de alquiler social se empezará a aplicar el 1 de marzo.
  • Lo ha anunciado este martes la portavoz del Govern, Neus Munté.
  • El Govern prevé recaudar 8 millones de euros que se destinarán a comprar 150 viviendas de alquiler social.
Bloque de viviendas vacías.
Bloque de viviendas vacías.
ACN
Bloque de viviendas vacías.

El impuesto a los pisos que lleven más de dos años vacíos en zonas que necesiten viviendas de alquiler social se empezará a aplicar el 1 de marzo, ha anunciado este martes la portavoz del Govern, Neus Munté.

En la rueda de prensa tras el Consell Executiu, Munté ha explicado que en la reunión se ha aprobado el reglamento que despliega el impuesto, a través del que prevén ingresar ocho millones de euros anuales y que irán destinados a más compra de pisos para alquiler social.

El impuesto lo tendrán que pagar las entidades financieras y los grandes tenedores de pisos desocupados de manera permanente durante más de dos años sin causa justificada y se calculará en función de los metros cuadrados de superficie útil que tenga la vivienda. La Generalitat prevé que el tributo aporte unos ingresos anuales de unos 8 millones de euros que se destinarán a comprar unos 150 pisos para alquiler social. El Gobierno calcula que se recaudarán entre 800 y 1.600 euros por piso y año.

El tributo se aplicará a 8.300 pisos vacíos que están en 72 municipios catalanes donde hay necesidad de vivienda social. Actualmente al registro de viviendas vacías figuran 47.000 viviendas de entidades financieras y grandes tenedores, provenientes de daciones en pago y ejecuciones hipotecarias. De estos, el 58% (27.370 pisos) están en uno de los 72 municipios afectados por el impuesto, si bien no todos traen 2 años vacíos o bien están en proceso de rehabilitación y por lo tanto tienen un año desde que se los avisa hasta que se los puede recaudar el tributo de pisos vacíos.

El impuesto es gradual y se calculará en función de la suma total de los metros cuadrados de la superficie útil de los inmuebles afectados, de forma que penaliza sobre todo aquellas entidades que tienen muchos pisos vacíos. El tipo de gravamen será de 10 euros el metro cuadrado por superficies de entre 0 y 5.000 metros cuadrados; de 15 euros el metro cuadrado para superficies de entre 5.000 y 20.000 metros; de 20 euros entre 20.000 y 40.000 y 30 euros a partir de 40.000 metros cuadrados.

El tributo no afectará las entidades del tercer sector de la Red de viviendas de inserción ni las entidades inscritas al registro de entidades y establecimientos de servicios sociales. Tampoco se aplicará a viviendas de protección oficial de calificación oficial vigente, viviendas situadas en zonas de escasa demanda acreditada, a los ademanes a disposición de programas sociales de vivienda o a los apartamentos turísticos. 

El texto define el objeto de tributación como el parque de viviendas de qué es titular el contribuyente en fecha 31 de diciembre de cada año. También tendrán que pagar el impuesto las personas jurídicas titulares de un derecho de usufructo, de un derecho de superficie o de cualquiera otro derecho real que otorgue la facultad de explotación económica de la vivienda. 

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