El TS confirma que los años de convivencia también cuentan en la pensión por divorcio

  • El Tribunal Supremo considera que además de los años de matrimonio, ha de computarse el tiempo de convivencia previo.
  • La sentencia refleja que ambos cónyuges llevaron al matrimonio con un desequilibrio económico y que la mujer dedicó sus esfuerzos al bien común.
Representación de un divorcio con una tarta nupcial.
Representación de un divorcio con una tarta nupcial.
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Representación de un divorcio con una tarta nupcial.

"En los supuestos de convivencia previa al matrimonio seguida de casamiento sin solución de continuidad, podrá tenerse en cuanta esa convivencia precedente para decidir sobre la pensión compensatoria". Así lo ha resulto el Tribunal Supremo, que confirma una sentencia en la que se estima la cantidad mensual que ha de recibir la exmujer del torero Miguel Ángel Perera contando con los años de convivencia previa a que fuesen marido y mujer.

La sentencia, que ambas partes recurriero al Supremo, considera que "la esposa carecía de ingresos derivados de su actividad laboral mientras que la economía familiar estuvo integrada fundamentalmente por los ingresos del marido, derivados tanto de su actividad profesional de matador de toros como de los benficios obtenidos por sus inversiones".

El Juzgado provincial de Sevilla cuantificó la pensión teniendo en cuenta los criterios de: "la duración del matrimonio (un año y dos meses); la dedicación durante el matrimonio a la plena colaboración a la actividad profesional de su marido; tal colaboración la refiere a la etapa de convivencia matrimonial y se materializa en ventas de vehículos, gestión bancaria, inversiones diversas, gestiones con el jefe de prensa, con portales taurinos, con periodistas, fundaciones, agentes inmobiliarios, alquileres de fincas; cualificación profesional de la demandada y su nula situación laboral actual por dedicación a la carrera profesional de su marido".

La pareja estuvo conviviendo desde 2003, se casaron en 2008, y se divorciaron año y medio después. Esos casi siete años son los que la justicia ha empleado para calcular la pensión compensatoria.

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