El TSJA remite a Alaya la causa contra los exconsejeros y reitera que divida el 'caso ERE' en piezas

  • Los cuatro han dejado de ser aforados al constituirse el nuevo Parlamento de Andalucía.
  • Rechaza archivar la causa contra los exconsejeros.
  • Devuelve el caso a la jueza para que, "con libertad de criterio prosiga su tramitación".
Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
EFE
Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

El magistrado instructor de la causa abierta en la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) contra los cuatro exconsejeros andaluces imputados en el caso de los ERE ha acordado remitir a la jueza Mercedes Alaya la causa.

Lo hace, una vez que los cuatro ex altos cargos han dejado de estar aforados tras la constitución del nuevo Parlamento andaluz.

De esta forma, Alaya podrá citar a declarar a los cuatro exconsejeros en el Juzgado de Instrucción 6 de Sevilla, aunque Ávila, Vallejo y Aguayo ya lo hicieron en el TSJA.

En un auto fechado este mismo lunes, el magistrado instructor del TSJA acuerda remitir a la magistrada las diligencias referentes a Carmen Martínez Aguayo, Antonio Ávila, Francisco Vallejo y Manuel Recio "para que, con libertad de criterio, prosiga su tramitación". Y todo ello "sin perjuicio de reiterar la conveniencia y razonabilidad de dividir la causa general en piezas separadas".

De igual modo, y en este mismo auto, rechaza archivar la causa contra los tres exconsejeros que lo habían solicitado, como son Carmen Martínez Aguayo, Antonio Ávila y Francisco Vallejo, todos los cuales han prestado declaración ante el magistrado instructor en las últimas semanas.

El TSJA pidió en una ocasión la división de la causa en piezas separadas, y recuerda que también lo ha solicitado la Fiscalía Superior, la Sala Segunda del Tribunal Supremo y la Fiscalía Anticorrupción en "numerosos informes".

El Alto Tribunal afirma que no ha podido "alcanzar una convicción suficiente como para dictar un Auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado, con la consiguiente inculpación de los encausados". Y que "tampoco ha podido alcanzar dicho grado de convicción para acordar su sobreseimiento, por lo que no queda más opción de remitir la causa al órgano competente para la prosecución de las diligencias", indica el instructor tras descartar un "pronunciamiento precipitado".

El juez precisa que no tiene suficiente grado de convicción para pronunciarse sobre "aspectos controvertidos" de los que le acusa Alaya, como la concesión de ayudas sociolaborales, subvenciones de empresa y pagos de sobrecomisiones del programa 31L (conocido como "fondo de reptiles") "con grave detrimento de caudales públicos".

Asimismo, agrega que desde el 2 de marzo, cuando abrió un auto sobre los cuatro aforados, se han hecho "diligencias que han supuesto la aportación e incorporación de nuevos elementos a la causa".

"Círculo vicioso"

En su resumen de las acusaciones contra los aforados, el juez señala que se habría creado un "círculo vicioso" consistente en que la Intervención no controlara los gastos debidamente y que, al no emitir informes de actuación, las autoridades podrían invocar ignorancia, que sería "un deliberado cerrar los ojos para no tener constancia oficial".

También apunta que los imputados, en su defensa, explicaron que "no ha habido unas decisión política adoptada en las altas esferas de la Administración andaluza consistente en habilitar un espacio de arbitrariedad para la concesión de las subvenciones y ayudas sociolaborales". Los aforados dijeron, según el juez, que hubo un "uso abusivo y desviado de la potestad subvencionadora" por parte de la Consejería de Empleo que ellos desconocían.

El instructor indica que Vallejo explicó con "vehemencia" que se creó una "ágil política de ayudas sociolaborales y subvenciones a las empresas en crisis, y el modo de financiación escogido habría creado objetivamente el riesgo de una utilización abusiva".

Sin embargo, añadieron los imputados, ese sistema no se diseñó para una finalidad ilícita, por lo que no debería comportar responsabilidad penal hacia ellos, resume el juez antes de indicar que los aforados creen que su imputación se basa en consideraciones "difusas e hipotéticas, de las que no resulta posible la defensa por no hacer referencia a hechos concretos".

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