Reclama tus derechos: Consumo

En este espacio se responde a sus preguntas sobre consumo.

Mi compañía telefónica me amenaza con una penalización de 150 euros mas IVA si dejo la compañía por cambio de tarifas, pues dice que como me dieron los móviles, si abandono, me penalizan. Abandono por las tarifas y por no tener cobertura en mi casa nada más que en un sitio. El contrato expira el 26 de junio de este año.

Cuando se suscribe un contrato de telefonía el operador se obliga a la prestación del servicio según las condiciones generales y las tarifas aprobadas en ese momento. Hay que comprobar si en las condiciones generales, que también acepta el usuario, existe la posibilidad de que la compañía modifique las tarifas del servicio. No obstante, ante la modificación unilateral, el usuario puede resolver su contrato de forma gratuita.

Dicha resolución gratuita del contrato puede no ser aplicable a los casos de adquisición de terminal móvil a precio reducido si todavía no se ha cumplido el plazo de permanencia, aunque esa obligación de permanencia no incluye la de realizar llamadas y, por tanto, la aplicación de las nuevas tarifas, siendo, además, que el usuario obtiene un terminal nuevo a precio muy inferior al de mercado.

No hay que olvidar tampoco que cuando el consumidor acepta la obligación de permanencia (a cambio de un terminal nuevo a precio reducido), ya es consciente de que va a estar pagando la cuota mensual durante ese periodo y, en este caso, la cuota mensual no ha sido modificada. Hay que continuar abonando la cuota mensual, pero no existe obligación alguna de realizar llamadas. No obstante, si no está conforme con la actuación de la compañía puede presentar reclamación ante los organismos oficiales de consumo o su asociación de consumidores e incluso acudir al Sistema Arbitral de Consumo.

En cuanto a resolver el contrato por falta de cobertura habrá que atender a la información que en su día le facilitó la empresa respecto a la cobertura, aunque en estos casos debe comunicarse a la compañía tan pronto como el consumidor tenga conocimiento del problema, que suele coincidir con los primeros días de utilización del servicio telefónico.

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