Bruselas examina la nueva norma española sobre desahucios tras el fallo en contra del Tribunal de Justicia

La Comisión Europea está evaluando la nueva normativa española sobre desahucios aprobada en 2013 por el Gobierno de Mariano Rajoy tras el nuevo fallo en contra del Tribunal de Justicia de Luxemburgo del pasado mes de julio. Esta sentencia considera que, pese a la reforma, la legislación española todavía vulnera la legislación comunitaria sobre cláusulas contractuales abusivas, así como la Carta de los Derechos Fundamentales.

La Comisión Europea está evaluando la nueva normativa española sobre desahucios aprobada en 2013 por el Gobierno de Mariano Rajoy tras el nuevo fallo en contra del Tribunal de Justicia de Luxemburgo del pasado mes de julio. Esta sentencia considera que, pese a la reforma, la legislación española todavía vulnera la legislación comunitaria sobre cláusulas contractuales abusivas, así como la Carta de los Derechos Fundamentales.

"La Comisión trabaja desde mayo de 2013, tras la adopción de la Ley española 1/2013 sobre el procedimiento de ejecución hipotecaria, en el examen de las repercusiones globales de esa Ley, especialmente en lo referido a las condiciones de ejecución, incluidos los procedimientos judiciales y los derechos de la defensa", ha dicho la comisaria de Justicia, Martine Reicherts, en respuesta a una interpelación del eurodiputado del PSOE, Juan Fernando López Aguilar.

La responsable de Justicia explica que, desde la reforma de 2013, el Tribunal de Justicia ha dictaminado en varias ocasiones sobre temas relacionados y numerosos asuntos siguen pendientes, todos ellos referentes a cláusulas abusivas en préstamos hipotecarios. "La Comisión ha tenido en cuenta todas estas sentencias en su evaluación", ha apuntado.

Según recuerda Reicherts, el Tribunal de Justicia ha detectado tres infracciones en la legislación española. En primer lugar, "el procedimiento de ejecución hipotecaria no puede ser suspendido por el Tribunal, el cual, en su sentencia firme, puede conceder como mucho una indemnización en concepto de reparación del perjuicio sufrido, lo que implica el riesgo de que el consumidor pueda ser expulsado 'irremediablemente' de su vivienda".

Además, el juez de ejecución "no está obligado a valorar, de oficio, si las cláusulas contractuales en las que se base la demanda son abusivas". Finalmente, "el consumidor no puede recurrir una decisión por la que se desestime su reclamación contra dicha ejecución, mientras que el acreedor que solicite la ejecución puede interponer un recurso contra una decisión por la que se dé por concluido el procedimiento o se ordene que una cláusula abusiva no sea aplicable".

En su interpelación, López Aguilar preguntaba al Ejecutivo comunitario qué piensa hacer para garantizar que España modifique su legislación en cumplimiento de esta sentencia. Pero la comisaria de Justicia no da ninguna aclaración concreta sobre esta cuestión.

La reforma de 2013 ya se realizó en respuesta a un fallo del Tribunal de Justicia, que dictaminaba que la legislación española sobre desahucios no garantiza la protección de los ciudadanos frente a cláusulas abusivas.

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