De la Vega: "La decisión del TC sobre los profesores de Religión no da libertad absoluta a las confesiones para emplearlos"

  • Asegura que la sentencia "se adapta a las normas" que desarrolla el Gobierno.
  • Establece "una serie de límites" a la libertad de las confesiones religiosas.
  • Se deben seguir los principios de "igualdad, méritos, capacidad y publicidad", concluyó.
  • La profesora implicada en el caso declaró sentirse "indignada".

La sentencia del Constitucional sobre la contratación de los maestros de religión "se adapta a las normas" que desarrolla el Gobierno y "da un paso más" porque establece "una serie de límites" a la libertad de las confesiones religiosas, dijo el viernes la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega.

Así se refirió a la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de no admitir la cuestión de inconstitucionalidad de un conjunto de artículos sobre la designación de los profesores de Religión y el contenido de esta asignatura, del Acuerdo de Enseñanza que el Gobierno y la Santa Sede suscribieron en 1979.

El fallo del TC se produce a raíz de la remisión, por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, del caso de la profesora de Religión María del Carmen Galayo Macías, a quien las autoridades eclesiásticas de las islas no renovaron el contrato por mantener una relación afectiva con un hombre que no era su marido, del que se había separado previamente.

Los principios de "igualdad, méritos, capacidad y publicidad"

Según De la Vega, la sentencia del TC no significa dar "una libertad absoluta" de las confesiones para emplear a estos profesores, sino que "está sujeta al control judicial" y, además, se deben seguir los principios de "igualdad, méritos, capacidad y publicidad"

La sentencia no significa dar libertad absoluta de las confesiones para emplear a profesores

Por tanto, la enseñanza será impartida por profesores contratados por las administraciones públicas que cuenten con la acreditación que les habilita la confesión religiosa, "pero siguiendo los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad".

Ello significa, recalcó la portavoz del Gobierno, que el Constitucional "avanza en un camino del reconocimiento de una especificidad, pero al mismo tiempo enmarcándolos en unos derechos fundamentales".

El Alto Tribunal "considera que esta regulación está en el marco de la Constitución, por tanto el derecho a la libertad religiosa y a la neutralidad religiosa del Estado implica que la enseñanza religiosa que asume el Estado pueda realizarse en el marco de la cooperación del Estado".

Agregó que los profesores de religión disfrutarán de los derechos "fundamentales y legales" reconocidos en el ordenamiento jurídico, con las especificidades derivadas de que la acreditación e idoneidad se la dan las confesiones.

"Estoy indignada"

Por su parte, Carmen Galayo Macías afirmó sentirse "indignada" por la sentencia.

Además, declaró que "parece que estamos en la época de la Inquisición porque si te separas de tu marido, te vas de copas, tienes un hijo soltera o te afilias a un sindicato, te retiran esa idoneidad" y adelantó que llevará su caso al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo.

"Un paso hacia el canibalismo católico repugnante"

"El Tribunal Constitucional ha dado un paso hacia el canibalismo católico repugnante y no ha estudiado la verdadera situación de los profesores de religión".

Así resume el vicepresidente de la Federación Estatal de Profesores de Religión de Comunidades Autónomas, Luis Guridi, que el TC no aprecie inconstitucionalidad en el caso de Carmen Galayo.

"Estamos hablando de la enseñanza pública y de colegios para enseñar, no para hacer doctrina", destacó indignado.

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