El Estado podrá fijar los criterios básicos de los Parques Nacionales

La sentencia del Tribunal Constitucional permitirá al Estado establecerprohibiciones o límites a actividades como la ordenación del territorioo la caza, aunque caigan dentro de la órbita de las competenciasautonómicas.
El Tribunal Constitucional ha hecho pública una sentencia que concluyeque el Plan Director de la Red de Parques Nacionales que el Gobiernoaprobó en 1999 vulneró en varios de sus apartados competenciasautonómicas.


El Ministerio de Medio Ambiente ha valorado sin embargo la sentencia,que mantiene que este Departamento puede a través del Plan Director
establecer prohibiciones o límites a las actividades de los ParquesNacionales, y porque además aporta un importante soporte jurídico decara a la elaboración de la futura legislación básica de ParquesNacionales

El alto tribunal ha estimado, aunque solo parcialmente, el recurso quecontra ese Plan presentó la Junta de Andalucía, quien consideróinvadidas sus competencias en materia de "espacios naturalesprotegidos".

La sentencia establece que el Gobierno central puede fijar prohibiciones o límites aactividades como la ordenación del territorio, caza, pesca fluvial,lacustre y marítima en aguas interiores, marisqueo, turismo, ocio otiempo libre,
aunque estas actividades caigan bajo la órbita de lascompetencias autonómicas.

Por otra parte, el Constitucional considera que la financiaciónnecesaria para asegurar el cumplimiento del Plan Director no formaparte de la financiación de la gestión ordinaria y habitual de losParques Nacionales, por lo que resulta posible que la Administracióncentral canalice fondos para favorecer su aplicación.

Esos fondos deberán concretarse por territorios anualmente con arregloa criterios objetivos, previo informe del Consejo de la Red de Parques.Por el contrario, la Sentencia no considera básicas las directricesrelativas al uso público, sensibilización y participación social, einvestigación, por formar parte de otros ámbitos materiales decompetencia autonómica.
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