Madrid sancionará por las las 'cundas', las acampadas, como las del 15-M, y a los 'gorrillas'

  • Las infracciones se dividen en leves, graves y muy graves.
  • En algunos casos se podrá sustituir la sanción por servicios a la comunidad.
  • Algunas de las prohibiciones ya estaban recogidas en otras ordenanzas.
La acampada se confeccionó a base de tiendas de campaña y construyendo estructuras con lonas y palés de madera.
La acampada se confeccionó a base de tiendas de campaña y construyendo estructuras con lonas y palés de madera.
JORGE PARÍS
La acampada se confeccionó a base de tiendas de campaña y construyendo estructuras con lonas y palés de madera.

El  borrador de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana en el Espacio Público, que ha presentado este martes el Ayuntamiento de Madrid, no solo sancionará a los ciudadanos que requieran servicios sexuales a prostitutas. También multará otro tipo de comportamientos considerados "incívicos".

En concreto, la normativa prevé multas de hasta 750 euros (leves) por actos como pedir limosna a la puerta de un centro comercial; escupir o tirar papeles al suelo; hacer malabares y ofrecer pañuelos en la vía pública o en un semáforo; acampar en la calle (por lo que no podrá haber más campamentos como la del 15-M en Sol); dormir en bancos; alimentar o bañar a mascotas en la calle; regar las plantas causando problemas a los vecinos; bañarse en una fuente pública o sacudir una alfombra en la acera.

Se multará, con sanciones de hasta 1.500 euros (graves), la mendicidad (siempre que suponga coacción o acoso al viandante, como los 'gorrillas' en los aparcamientos); limpiar el parabrisas del coche en un semáforo; solicitar servicios de prostitución junto a colegios, centros comerciales o áreas de juego infantil; los juegos o apuestas (lo que dificultará la labor de los trileros); ir en patines o monopatines por la calle "de forma temeraria"; no recoger las heces del perro; el vandalismo con el mobiliario urbano;  orinar o defecar en la vía pública o usar las instalaciones deportivas para otros usos (una clara referencia a las bandas que monopolizan el uso de las pistas deportivas y cobran por su uso).

Las infracciones más graves supondrán sanciones de hasta 3.000 euros. El Gobierno local ha puesto varios ejemplos, como el acoso o conductas violentas con viandantes; usar a menores o discapacitados para la mendicidad; promover la prostitución (los proxenetas); las 'cundas' o colocar macetas en la ventana sin la protección adecuada para que no se precipiten sobre la cabeza de los peatones.

Algunas de estas prohibiciones, como estropear el mobiliario público, ya estaban presentes en otras ordenanzas. Aún así, se prevé que el número de denuncias suba, aunque el Consistorio no aumentará el número de agentes de la Policía Local para tal fin. El Gobierno local niega también que esta normativa tenga un "interes recuadatorio".

Las multas leves pueden llegar hasta los 750 euros, pero en muchos casos podrán sustituirse por servicios a la comunidad cuando así lo considere el Consistorio. En faltas muy leves o con escasa trascendencia social, la multa no tendría que superar, siquiera, los tres euros. Si es la primera vez y no existe reincidencia, solicitar los servicios sexuales de una prostituta quedará en un mero apercibimiento por parte del policía, aunque en el caso de que la persona insista en su actitud o no abandone la zona, se procedería a la multa. Con las 'cundas' la Policía podrá ordenar, incluso, el decomiso del vehículo.

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