Condenan a un hombre que se hizo pasar por abogado y estafó 8.000 euros al padre de su novia

La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia condenatoria dictada contra un hombre que se hizo pasar por abogado y estafó la cantidad de 8.000 euros al padre de su pareja sentimental, con el que se comprometió a arreglarle un problema jurídico. La Sala ha rechazado el recurso de apelación presentado y ha confirmado la pena de un año de prisión que se le impuso.

La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia condenatoria dictada contra un hombre que se hizo pasar por abogado y estafó la cantidad de 8.000 euros al padre de su pareja sentimental, con el que se comprometió a arreglarle un problema jurídico. La Sala ha rechazado el recurso de apelación presentado y ha confirmado la pena de un año de prisión que se le impuso.

El acusado comenzó a finales de 2010 una relación con una chica, "haciéndose pasar por abogado". El juzgado declaró probado, según consta en la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, que una vez conoció al padre de ésta, el cual tenía problemas en relación con la división horizontal de una finca, aprovechó que ambos creían que era abogado para ofrecerse a solucionarlos.

Así, le pidió diversas cantidades de dinero "haciéndole creer que eran destinadas a abonar gastos de la gestión de dicho asunto". Con esto consiguió, según la resolución, que el hombre le abonara en total 8.400 euros. Por estos hechos, se le condenó a un año de prisión por un delito de estafa y a pagarle la cantidad entregada; mientras que se le absolvió de un delito de apropiación indebida.

Contra esta sentencia, la defensa del acusado presentó un recurso, alegando que el juez que juzgó el caso había cometido un error a la hora de valorar e interpretar las pruebas practicadas en la vista oral, pero el Tribunal de apelación ha rechazado estos argumentos, considerando que la resolución no puede ser tachada de arbitraria o que no se acomode a la realidad.

En este sentido, se apunta que está corroborado que empleó el engaño previo para producir un desplazamiento patrimonial en perjuicio del padre de su novia y se añade que no consta que ni éste ni su hija hayan perseguido solamente perjudicar al acusado con sus declaraciones ni que hubieran faltado a la verdad. Por esto, desestima el recurso y confirma la sentencia.

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