La Diputación de Ourense defiende su ERE ante el Supremo y alega que el TSXG se "entromete" en decisiones políticas

Rechaza que se trate la institución "como si fuese una empresa privada" y se reafirma en que había razones económicas para acometer los despidos
OURENSE 5/12/12: PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN DE OURENSE, JOSÉ MANUEL BALTAR: El
OURENSE 5/12/12: PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN DE OURENSE, JOSÉ MANUEL BALTAR: El
ROSA VEIGA
OURENSE 5/12/12: PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN DE OURENSE, JOSÉ MANUEL BALTAR: El

La Diputación de Ourense ha formalizado ante el Tribunal Supremo (TS) un recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que declara "no ajustado a derecho" el despido colectivo que afectó a 25 trabajadores de la institución. Entre otros argumentos, el ente provincial cree que el tribunal gallego se "entromete" en decisiones políticas al censurar que se nombren asesores a la vez que se ejecuta el expediente de regulación de empleo (ERE).

En el recurso, en el que también se alega la "interpretación errónea" de la norma que regula los despidos en el sector público, se expone que el TSXG recurre a la aplicación de criterios extraídos de una sentencia sobre el despido colectivo en Telemadrid, "un ente público regido por el derecho privado", por lo que la Diputación entiende que los apartados de dicho auto "no son de aplicación" en el caso de su ERE.

La Diputación, que se reafirma en que hay razones económicas que avalan su decisión, critica que se trate la institución "como si fuese una empresa privada". Alega que hay "normas específicas" para determinar la concurrencia de la causa económica de despido en el sector público y que, una vez constatada ésta, la decisión de reducir gasto público en personal o en otras partidas —como subvenciones o inversiones— es "una pura decisión política, no susceptible de fiscalización judicial".

En este sentido, considera "obvio" que el TSXG incurre "en evidente exceso" al "atreverse" en su sentencia a recomendar "implícitamente" al Gobierno provincial fórmulas alternativas para la reducción de gasto, como la rebaja de ayudas para el fomento del deporte.

"Una vez constatada la existencia de la causa objetiva, determinar en dónde se reduce el gasto, en tanto una norma no establezca lo contrario, es una decisión que sólo corresponde al Gobierno local democráticamente elegido y no en modo alguno a un órgano judicial", argumenta, antes de recordar, además, que "ninguna norma prohíbe el nombrar asesores" y el simultáneo despido de personal laboral.

Más ahorro con el ere que gasto en asesores

En concreto, se censura que se "obvie" que la función de dichos asesores de carácter político "nada tiene que ver" con las funciones que desempeñan los trabajadores afectados por el despido colectivo y que, además, su coste —que cifra en torno a 120.000 euros— es "casi diez veces inferior" al ahorro, "próximo al millón de euros", que se logra con la aplicación del ERE.

En definitiva, la Diputación considera que la Sala de instancia "se entromete en lo que es una pura decisión política discrecional", que "políticamente" puede ser "todo lo discutible que se quiera", pero como tal "no es judicialmente fiscalizable".

"interpretación errónea"

La institución que dirige Manuel Baltar centra los otros dos motivos de casación en lo que entiende como una "interpretación y aplicación errónea" de preceptos incluidos en la norma que regula los despidos en el sector público, en concreto con los dos puntos que ésta vincula con la existencia de "insuficiencia presupuestaria".

En dos apartados, dicha norma constata que para que una administración pública pueda alegar esta circunstancia en el ejercicio anterior tendría que haber presentado "una situación de déficit presupuestario". La segunda exigencia es que los créditos del departamento "se hayan minorado en un 5 por ciento en el ejercicio corriente o en un 7 por ciento en los dos ejercicios anteriores".

Al margen de alertar de una "errónea interpretación" del segundo precepto, la Diputación esgrime la "inexigibilidad" de que ambos supuestos previstos se deban producir "conjuntamente".

En su texto, reprueba que el TSXG no desplegase "el más mínimo esfuerzo argumentativo" para motivar su decisión, pese a que tanto el informe jurídico del ente como la propia intervención del funcionario que realizó el informe, en calidad de testigo, razonaron "de modo más que suficiente y motivado" por qué la Diputación entendió que para que exista la causa económica "no pueden considerarse exigibles de modo conjunto los dos requisitos, debiendo entenderse que basta en cambio con cualquiera de ellos".

"Más aún, la sentencia ni siquiera se molesta en razonar por qué opta por una interpretación puramente literal, tan mecánica como irreflexiva, de la norma", sostiene en el recurso, en el que lamenta que la "única respuesta" a los argumentos de la Diputación en la sentencia haya sido "el silencio más absoluto".

Por todo ello, suplica ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo que admita este escrito y que, en base a los motivos de casación expuestos, se dicte sentencia estimatoria del recurso, declarando "ajustado a derecho" su expediente de despido colectivo.

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