Aprobado el convenio por el que las entidades locales podrán acogerse al mecanismo del Estado para pagar a proveedores

Podrán cancelar obligaciones contraídas antes del 1 de enero de 2012 con cargo al Fondo estatal

El Gobierno de Navarra ha acordado suscribir un convenio con la Administración General del Estado para que las entidades locales de Navarra puedan acogerse al mecanismo extraordinario de financiación para el pago a proveedores puesto en marcha por el Gobierno central y, con ello, cancelar aquellas obligaciones pendientes de pago contraídas antes del 1 de enero de 2012.

En virtud de dicho mecanismo, las deudas contraídas por los ayuntamientos navarros antes de la fecha indicada se pagarán con cargo al Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores, habilitado por el Estado, mediante la concertación de una operación de endeudamiento en las condiciones fijadas mediante el acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 1 de marzo de 2012.

Según ha informado el Gobierno foral, el convenio se aplicará a las deudas que las entidades locales hayan contraído con sus proveedores cuando se trate de contratos de obras, servicios, suministros y gestión de servicios públicos en la modalidad de concesión. Se aplicará también a encomiendas a entes instrumentales, así como a los contratos de arrendamiento sobre bienes inmuebles, principalmente.

Mecanismo de actuación

Las entidades locales de Navarra que deseen acogerse a este mecanismo extraordinario de liquidez deberán solicitar su inclusión de forma expresa, mediante acuerdo adoptado por el pleno.

Los contratistas podrán solicitar hasta el 12 de abril a la entidad local deudora la emisión de un certificado de reconocimiento de la existencia de obligaciones pendientes de pago, que esta deberá emitir en el plazo de los 5 días naturales desde su recepción. En cualquier caso, las entidades locales que se acojan al plan de proveedores deberán comunicar a la Dirección General de Administración Local antes del 19 de abril una relación de las solicitudes pendientes de pago admitidas. Asimismo, antes del 3 de mayo deberán remitir un plan de ajuste que incluirá compromisos en materia fiscal y de estabilidad presupuestaria.

Por su parte, el Gobierno de Navarra informará al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, antes del día 29 de mayo de 2013, de las solicitudes recibidas, su cuantía detallada y la validación de los estudios de viabilidad presentados.

Durante más de un año

Según ha indicado el Gobierno foral, la grave situación económica y la caída de los ingresos de las entidades locales de Navarra, unida de manera paralela al incremento de sus necesidades de financiación, conllevó el retraso en el pago de las obligaciones contraídas con los proveedores con el consiguiente deterioro de la situación de liquidez de las empresas proveedoras de bienes y servicios.

Para paliar esta situación, el Gobierno central aprobó el Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales.

Posteriormente, el 10 de marzo, se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la financiación de pagos a proveedores en el que se incluye una disposición adicional que establece que, como consecuencia de las especialidades de su régimen foral, el mencionado Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero no será de aplicación a las entidades locales de Navarra.

Ante esa situación, las gestiones del Gobierno de Navarra ante la Administración central para adaptar dicha regulación a las especialidades propias del régimen foral de Navarra han sido continuas, y de manera especialmente intensas en los últimos meses.

Estos esfuerzos, ha expuesto el Ejecutivo, se han visto reflejados en el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, que regula una ampliación de una nueva fase del mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales y que dispone que dicha ampliación podrá ser aplicable a los municipios navarros, previa suscripción del correspondiente convenio entre la Administración General del Estado y la Comunidad foral.

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