Canarias recuerda que el transporte aéreo interinsular "está abierto a cualquier operador"

El Gobierno de Canarias ha recordado que el transporte aéreo interinsular "está abierto a cualquier operador" y que en estos momentos la implantación de compañías aéreas en las rutas interinsulares está regulada por las mismas normas que el resto de los tráficos, a excepción de las condiciones fijadas en las Obligaciones de Servicio Público (OSP).
Aeropuerto De Gran Canaria
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EUROPA PRESS
Aeropuerto De Gran Canaria

El Gobierno de Canarias ha recordado que el transporte aéreo interinsular "está abierto a cualquier operador" y que en estos momentos la implantación de compañías aéreas en las rutas interinsulares está regulada por las mismas normas que el resto de los tráficos, a excepción de las condiciones fijadas en las Obligaciones de Servicio Público (OSP).

Según informa el Ejecutivo regional, estas OSP suponen una garantía de que los canarios cuentan con una movilidad aérea suficiente en cuestiones de capacidad, frecuencias y precios, pero no una restricción a la entrada de cualquier operador.

Así, cualquier operador aéreo puede implantarse, en términos de libre competencia, en las rutas interinsulares cuya Obligación de Servicio Público no ha sido sacada a concurso público.

Además, el Gobierno de Canarias destacó también que las tasas aeroportuarias están bonificadas en un 70% para los vuelos interinsulares y que es partidario de fomentar la libre competencia en las islas, dentro de un marco que garantice al menos unos parámetros mínimos de calidad y precios asequibles para los canarios.

señaló que el Gobierno participa "activamente" en las comisiones mixtas creadas para analizar el transporte aéreo para obtener las mejores condiciones de conectividad para las islas, pero que las competencias en esta materia son todavía exclusivas del Estado, por lo que es el Gobierno central quien tiene la potestad de hacer modificaciones al respecto.

Las osp fijan un mínimo de plazas y frecuencias

El Gobierno de Canarias quiere aclarar que las OSP, lo que hacen es fijar un mínimo de plazas y de frecuencias y un máximo de precio en las rutas establecidas, que no se sacan a concurso público mientras los operadores presentes en el mercado superen en oferta las plazas y frecuencias señaladas, dentro de los precios establecidos. Estas OSP se encuentran reguladas mediante una resolución publicada por el Ministerio de la Presidencia.

En concreto, la Resolución de 21 de julio de 2006, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de junio de 2006, por el que se declaran obligaciones de servicio público en rutas aéreas entre las Islas Canarias.

En dicha publicación, se detalla que las rutas sometidas a Obligación de Servicio Público son: a) Gran Canaria-Tenerife Norte; b) Gran Canaria-Tenerife Sur; c) Gran Canaria-Lanzarote; d) Tenerife Norte-Lanzarote; e) Gran Canaria-Fuerteventura; f) Gran Canaria-El Hierro; g) Gran Canaria-La Palma; h) Tenerife Norte-Fuerteventura; i) Tenerife Norte-El Hierro; j) Tenerife Norte-La Palma; k) La Palma-Lanzarote; l) Gran Canaria-La Gomera; y m) Tenerife Norte-La Gomera.

Finalmente, de estas trece rutas, sólo ha sido necesario activar las OSP en cuatro, ante la falta de interés de las compañías aéreas por operar en ellas, como son las tres que comunican las islas capitalinas con La Gomera y El Hierro y la que une Gran Canaria con Tenerife Sur, que han salido a concurso público convocado por le Ministerio de Fomento y serán operadas en breve.

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