Absuelven a dos hombres acusados de dirigir una embarcación con 42 inmigrantes a bordo

La Audiencia de Málaga ha absuelto a dos hombres, nacidos en Guinea Bissau, que habían sido acusados de manejar y dirigir hasta las costas españolas una embarcación que salió de Nador (Marruecos) con 42 inmigrantes más a bordo. Se les absuelve al entender que no hay pruebas suficientes que acrediten que desempeñaron esa labor.

La Audiencia de Málaga ha absuelto a dos hombres, nacidos en Guinea Bissau, que habían sido acusados de manejar y dirigir hasta las costas españolas una embarcación que salió de Nador (Marruecos) con 42 inmigrantes más a bordo. Se les absuelve al entender que no hay pruebas suficientes que acrediten que desempeñaron esa labor.

Los hechos sucedieron en septiembre de 2011. Según la sentencia, los acusados, junto con 42 personas más de distintas nacionalidades africanas, subieron en una playa a una embarcación "con la intención de llegar a territorio español, careciendo de la documentación requerida para entrar y permanecer en España".

Dicha nave fue interceptada en aguas del mar de Alborán por un buque mercante, que recogió a las personas que iban a bordo de la misma y las trasladó al puerto de Málaga. Para la Sala, según la resolución, "no ha quedado acreditado que los acusados realizasen labores de organización o pilotaje de la embarcación".

En este sentido, en la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, se explica que "no existe prueba de cargo de la suficiente entidad como para desvirtuar la presunción de inocencia", ya que no se realizó la identificación de los acusados "con un grado de certeza que cumpla el canon de exigencia".

En este punto, se señala que la prueba existente consiste en la declaración de dos testigos protegidos, inmigrantes que viajaban en la embarcación, quienes aseguraron que uno de los procesados era el patrón y el otro portaba el GPS, aunque esas manifestaciones "no han conseguido desvirtuar la presunción de inocencia".

Así, el Tribunal señala que le llama la atención que de todos los ocupantes de la embarcación "sólo dos prestaron declaración como testigos, reconociendo a los acusados" y que éstos a su vez "se han visto beneficiados", pudiendo optar entre el retorno asistido a su país de procedencia o la autorización de residencia y trabajo.

Además, se aprecian contradicciones en las declaraciones de los testigos y, aunque el policía nacional que testificó dijo que se dio opción a todos los ocupantes, la defensa aportó manifestaciones de varios "donde hacen constar que a ellos no se les dio la oportunidad de identificar a los patrones", dice la sentencia.

Asimismo, en poder de los acusados no fueron intervenidos "ni GPS, ni dinero que haga pensar que eran los patrones de la embarcación y que tuvieran por ello un estatus superior al del resto de pasajeros", además de que el capitán del buque que recogió a los pasajeros no pudo apreciar si los acusados eran los patrones.

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