Las Comunidades podrán ser intervenidas desde septiembre si no cumplen con los objetivos

  • No obstante, la intervención de una Comunidad no supondrá la suspensión de la autonomía, aunque sí podría suponer la disolución de un ayuntamiento.
  • Así aparece reflejado en la Ley de Estabilidad Presupuestaria, que se ha publicado este lunes en el BOE.
  • Con todo, Hacienda cree que no será necesaria la intervención.
  • Ninguna región "ha pedido o sugerido" una intervención voluntaria de sus cuentas.
El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro.
El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro.
Javier Lizón/ EFE
El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro.

La intervención de las cuentas de una comunidad autónoma, prevista en la Ley de Estabilidad Presupuestaria, que ha entrado este lunes en vigor, tras su publicación en el BOE, no supondrá la suspensión de su autonomía, aunque sí puede suponer la disolución de un ayuntamiento.

Así lo han indicado este lunes fuentes del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, que han insistido en que desde este departamento no se dudará en utilizar toda la normativa vigente si una administración pública incumple los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Hacienda ha precisado además que las comunidades autónomas podrán ser intervenidas desde el próximo mes de septiembre si no cumplen con la senda de consolidación presupuestaria, aunque cree que no será necesario.

Ninguna ha pedido la intervención

Las mismas fuentes han añadido que, hasta la fecha, ninguna comunidad autónoma "ha pedido o sugerido" una intervención voluntaria de sus cuentas, pero sí ayuda para confeccionar los planes económicos y fiscales.

Fuentes del departamento que dirige Cristóbal Montoro concretaron que las comunidades autónomas son conscientes de que aquella que tenga que ser intervenida sufrirá un deterioro en su imagen que será penalizada en los mercados a la hora de seguir financiándose y que antes de ello es mejor pedir voluntariamente ayuda a la Administración General del Estado (AGE).

En cualquier caso, desde Hacienda se asegura que el Gobierno ha puesto en marcha instrumentos para que las Comunidades puedan cumplir sus compromisos, de forma que "ya no hay excusas" y ha avisado de que el Gobierno mantendrá un "diálogo permanente" con las comunidades para que así sea.

Han precisado además que no creen que vaya a haber sorpresas con los planes que tienen que remitir al ministerio y cuyo límite de entrega expira este lunes a medianoche. A partir de ese momento, el Gobierno tiene 15 días para darles su aprobación, antes dar paso a otras medidas.

Aunque las fuentes no han precisado cuántas comunidades los han presentado ya, sí han reconocido que Cataluña ya lo ha hecho y que el ministerio ha pedido al Gobierno de la Generalitat que corrigiera una serie de partidas, lo que ha hecho "y en la buena dirección".

Los plazos

El BOE incluye este lunes los plazos para que las administraciones lleven a cabo el plan para cumplir con el equilibrio presupuestario e incluye también las excepciones para su incumplimiento:

  • Antes del 1 de abril de cada año, Hacienda tendrá que remitir las propuestas de objetivos ante cada Comunidad o administración local para que estas emitan sus informes en un plazo máximo de 15 días.
  • Desde el 1 de abril las administraciones públicas deberán presentar sus presupuestos para ser analizados y el 1 de octubre es la fecha establecida para conocer las liquidaciones de las cuentas.
  • Aunque se especifica que las autonomías deberán presentar "equilibrio o superávit, sin que puedan incurrir en déficit estructural.", hay excepciones "tasadas en la Ley", como son las "catástrofes naturales, recesión económica o situación de emergencia extraordinaria", teniendo que ser todas ellas apreciadas por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados —que en este momento tiene el PP—.
  • El límite de deuda de todas las administraciones no podrá superar el 60% del Producto Interior Bruto (PIB) de España, "salvo circunstancias excepcionales en que se puede presentar déficit estructural", indica el texto.

¿Qué pasa si no cumplen?

El capítulo IV del BOE especifica una serie de "medidas preventivas, correctivas y coercitivas" en el caso de que una administración no presente el plan presupuestario o bien lo incumpla. Suponen una forma de presión a las Comunidades para que cumplan con la estabilidad presupuestaria ya que acorta los plazos:

  • Si hay incumplimiento, la comunidad tendrá un plazo de 15 días para "aprobar la no disponibilidad de créditos que garantice el cumplimiento del objetivo".
  • Además, la administración deberá constituir un depósito retribuido del 0,2% de su PIB nominal, que a los seis meses podrá convertirse en multa en caso de que los incumplimientos se reiteren. Pasados nueve meses, el Ministerio de Hacienda podrá enviar una comisión de expertos —en el caso de las Comunidades— que intervendría las cuentas.
  • Sin embargo, en el caso de que la administración en cuestión obviase incluso la creación de dicho depósito, el plazo de la intervención se reduciría a tres meses, de ahí que el plazo para las primeras intervenciones se sitúe en el mes de septiembre.

Desde Hacienda se muestran convencidos de que ninguna comunidad autónoma "querrá verse ante sus ciudadanos en entredicho" por su gestión económica, por lo que antes de que se produzca la intervención harán caso a las advertencias y a la ayuda que ofrece el ministerio.

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