El juzgado otorga a comuneros de Vilaboa (Pontevedra) la titularidad de terrenos que ocupa la Brilat

El fallo justifica esta decisión "por haberla venido poseyendo desde tiempo inmemorial, en régimen de aprovechamiento colectivo"

El Juzgado de Primera Instancia Número 2 de Pontevedra ha otorgado a la comunidad de montes de Vilaboa la titularidad de 150.000 metros cuadrados de terreno ocupado por la base General Morillo, sede de la Brigada de Infantería Ligera Aerotransportable Galicia VII (Brilat).

La Comunidad de Montes de Vilaboa llevaba más de un año esperando por esta sentencia sobre el pleito contra el Ministerio de Defensa. Ahora la sentencia del Juzgado de Primera Instancia Número 2 de Pontevedra que preside el juez, Ignacio de Frías Conde, declara que la porción del Monte Castiñeira, sito en la parroquia de Vilaboa, de 154.404 metros cuadrados, es propiedad de la comunidad de Montes vecinales en mano común de la parroquia de Vilaboa.

El fallo judicial justifica esta decisión "por haberla venido poseyendo desde tiempo inmemorial, en régimen de aprovechamiento colectivo".

Además, el fallo declara la "nulidad absoluta o de pleno derecho" de la escritura pública de cesión gratuita que en el año 1968 otorgaba el Ayuntamiento de Vilaboa a favor del Estado en relación a esta porción de monte.

Así, esta sentencia condena al Ministerio de Defensa a "dejar libre y expedita dicha porción de terreno a disposición de la comunidad de montes".

Inscripción registral

La sentencia, asimismo, cancela la inscripción registral del terreno litigioso a nombre de la Administración del Estado y finalmente impone el pago de las costas al Ministerio de Defensa.

Contra esta sentencia cabe interponer un recurso de apelación por lo que los vecinos asumen que la batalla legal será larga ya que se esperan que el litigio tenga continuidad en la Audiencia Provincial y finalmente ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

En todo caso, los vecinos confían en que el resultado siempre será el mismo ya que consideran demostrada la titularidad de los terrenos reclamados

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