El TSXG confirma la pena a 26 meses de cárcel para un exdirigente gitano de Ourense por amenazas

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la pena de 26 meses de cárcel para Raúl J.S., exdirigente de la asociación gitana "Chanela" y de la Federación Gallega de Asociaciones Gitanas, condenado por un delito de amenazas condicionales a una trabajadora social del Ayuntamiento de Ourense.
Sede TSXG
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EUROPA PRESS
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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la pena de 26 meses de cárcel para Raúl J.S., exdirigente de la asociación gitana "Chanela" y de la Federación Gallega de Asociaciones Gitanas, condenado por un delito de amenazas condicionales a una trabajadora social del Ayuntamiento de Ourense.

En su fallo, el alto tribunal gallego desestima las alegaciones planteadas por su abogado, en el recurso de apelación. Entre otras cuestiones, había alegado que su cliente es "semianalfabeto" y que no pudo, por ello, escribir los mensajes amenazantes.

Por estos hechos, la Audiencia Provincial de Ourense lo condenó a 26 meses de cárcel y al pago de una indemnización de 3.500 euros por los daños morales ocasionados a la víctima y la prohibición de acercarse a ella o a su familia.

Así, la sentencia, en base al veredicto de un jurado popular, consideró probado que, entre los días 9 y 11 de agosto de 2009, el acusado, con "el ánimo de conseguir un fácil enriquecimiento", envió varios mensajes por móvil a la trabajadora social y a su esposo exigiéndoles, con amenazas, la entrega de 6.000 euros.

Victima de otra extorsión

El procesado fue detenido por la Policía cuando se dirigía a recoger esta suma de dinero en una papelera. En el juicio, Raúl J.S. argumentó que él también había sido víctima de una extorsión y que dos rumanos le habían encargado que recogiese el dinero y que harían daño a su familia si no lo hacía.

Esta tesis es la que mantuvo su letrado en la vista de apelación ante el TSXG para negar que su cliente fuese autor del delito de amenazas. Además, incidió en la existencia de una pericial caligráfica sobre las dificultades del acusado para escribir.

Frente a esta tesis, el alto tribunal gallego argumenta que "de la prueba practicada, no se desprende que existiera una imposibilidad absoluta de que fuese el artífice material del mensaje" y afirma que no se ha negado "que pudiese emitir un sms aunque tenga dificultades para escribir", añade.

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