El Ayuntamiento presenta una nueva Ordenanza de Venta Ambulante adaptada a la Directiva Europea de Servicios

La concejala del Área de Promoción Empresarial y del Empleo, María del Mar Martín Rojo, ha presentado este martes la nueva Ordenanza de Venta Ambulante, ante la obligación de adaptar la misma a la Directiva Europea de Servicios y en consecuencia a la nueva Ley de Venta Ambulante de Andalucía.
Martín Rojo, En Rueda De Prensa
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EUROPA PRESS
Martín Rojo, En Rueda De Prensa

La concejala del Área de Promoción Empresarial y del Empleo, María del Mar Martín Rojo, ha presentado este martes la nueva Ordenanza de Venta Ambulante, ante la obligación de adaptar la misma a la Directiva Europea de Servicios y en consecuencia a la nueva Ley de Venta Ambulante de Andalucía.

El texto, que será aprobado definitivamente en el pleno de este jueves, ha contado con el apoyo del grupo municipal socialista y la abstención de Izquierda Unida en la Comisión de Pleno. Su aprobación inicial tuvo lugar en el pleno el pasado 28 de octubre.

Las principales novedades de esta nueva ordenanza —la anterior era de 2006— se refieren a la duración de las autorizaciones, a la transmisión de las mismas y a los criterios de adjudicación de las plazas para ejercer la venta ambulante en cualquiera de sus modalidades. También las personas jurídicas pueden pedir la titularidad de unas autorizaciones.

La duración de las autorizaciones será de cuatro años, prorrogables por otros cuatro, siempre que persistan los requisitos bajo los que se concedió en su momento la autorización. Con ello se da cumplimiento a la prohibición de que sean indefinidas, según establece la directiva europea.

Además, con la nueva ordenanza, las autorizaciones podrán ser cedidas, siempre y cuando el cesionario cumpla los mismos requisitos que necesariamente cumplía el cedente. Ahora, sólo son transmisibles entre padres e hijos, por incapacidad laboral permanente o por fallecimiento.

En cuanto a los criterios para adjudicar las plazas, desde el Ayuntamiento han informado de que siempre se hará con transparencia, publicidad e imparcialidad de condiciones, sin que, a título de ejemplo, pueda ser determinante la territorialidad como criterio o el nivel de renta como anteriormente, relacionado con las personas a cargo del adjudicatario.

Los tipos venta ambulante contemplados en la nueva normativa son para marcadillos, mercadillos ocasionales o periódicos, venta en vía pública, venta ambulante en camiones-tienda y canon de aprovechamiento especiales en fechas concretas.

No obstante, excluye la venta a distancia a través de un medio de comunicación, la venta automática realizada a través de una máquina, la venta domiciliaria, el reparto de mercancías a domicilio, las actividades ambulantes industriales comerciales —churrerías, freidurías o asadores de pollos— y las actividades comerciales incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 15/2005 del 22 de diciembre sobre Artesanía de Andalucía.

Asimismo, el nuevo texto regulador contiene un capítulo dedicado al régimen de infracciones y sanciones, al ser posible su inclusión en aplicación de la Ley andaluza de Venta Ambulante.

En el marco de la Nueva Ordenanza, el Área de Promoción Empresarial y del Empleo del Ayuntamiento reanudará la aplicación de Planes de Profesionalización y de Calidad, que comenzó con el mercadillo de Virgen de Belén, o el plan en el Rastro con la nueva ubicación en el Cortijo de Torres.

La aprobación y entrada en vigor de esta nueva normativa conlleva una mayor consideración del sector de los mercadillos periódicos, que son 16 en la ciudad de Málaga, integrado por autónomos que buscan en el autoempleo un salida a la crisis económica actual.

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