Condenan a una mujer por vender hachís desde un locutorio de Torremolinos

La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia condenatoria dictada contra una mujer por vender droga desde un locutorio ubicado en la localidad malagueña de Torremolinos. Así, se ratifica la condena de tres años de prisión y la multa de 750 euros, tras desestimar el recurso presentado por la defensa de la acusada.

La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia condenatoria dictada contra una mujer por vender droga desde un locutorio ubicado en la localidad malagueña de Torremolinos. Así, se ratifica la condena de tres años de prisión y la multa de 750 euros, tras desestimar el recurso presentado por la defensa de la acusada.

El Juzgado de lo Penal número 3 de Málaga consideró probado que agentes de la Policía Nacional montaron un dispositivo sobre dicho establecimiento al tener informaciones de que la responsable y encargada del mismo se venía dedicando a la venta de sustancias estupefacientes.

Así, en octubre de 2004, se interceptó a un hombre con un trozo de hachís "tras contactar con la acusada en el interior del locutorio", indican los hechos probados. Entonces, se registró el local y encontraron en el mostrador donde estaba la mujer 15 barritas de hachís y en el aseo, ocultas, otras 25 de la misma sustancia.

La resolución, por la que se condenó a la mujer por un delito contra la salud pública, fue recurrida por la defensa, alegando, según consta en la sentencia de la Audiencia, a la que tuvo acceso Europa Press, que no existen testigos que vieran efectuar transacción alguna a la acusada, que desconocía la existencia de la droga.

No obstante, la Sala desestima el recurso, argumentando que los agente que actuaron afirmaron "haber presenciado un contacto dentro del locutorio". Además, se considera "inverosímil" que la procesada, de origen nigeriano, no conociera la existencia de la droga "pues según los testigos la tenía a mano", en el mostrador.

El Tribunal señala que "frente a tales evidencias", la acusada sólo alega que "tenía trabajando en el local a una mujer", aunque, "ni estaba allí ni ha podido ser oída, pues la procesada no ha sido capaz de proporcionar dato alguno sobre ella, pese al largo tiempo transcurrido desde los hechos".

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