Condenan a tres hombres por robar materiales de una obra en construcción en Vélez

La Audiencia de Málaga ha confirmado la condena impuesta por un juzgado de la localidad malagueña de Vélez-Málaga, consistente en pena de multa, a tres hombres acusados de robar material de una obra en construcción, tras desestimar el recurso de apelación interpuesto por dos de los acusados contra la sentencia dictada.

La Audiencia de Málaga ha confirmado la condena impuesta por un juzgado de la localidad malagueña de Vélez-Málaga, consistente en pena de multa, a tres hombres acusados de robar material de una obra en construcción, tras desestimar el recurso de apelación interpuesto por dos de los acusados contra la sentencia dictada.

Los hechos sucedieron en febrero de 2010. Según declaró probado el juzgado de Vélez, los tres hombres se introdujeron en una obra que no estaba vallada y tomaron diverso material consistente en baldosas de pavimento y alicatado, "la mayoría correctamente embaladas", que metieron en un coche, yéndose posteriormente.

En un momento dado, un agente de Policía les dio el alto, ya que tras ser avisado se había personado en el lugar. Así, los tres hombres fueron condenados por una falta de hurto a la pena de dos meses de multa a cuatro euros por día, lo que supone el pago de 240 euros cada uno de los acusados.

La Sala rechaza el recurso de apelación y explica que la prueba de cargo por la que el juez condena es la declaración testifical de una mujer que manifestó que el lugar donde estaban las baldosas era "una obra en funcionamiento" y que el material se encontraba "en perfecto estado".

Esto fue corroborado, según se señala en la sentencia de la Audiencia, a la que tuvo acceso Europa Press, por una agente de Policía, quien apreció cómo las baldosas, "unas sueltas y otras embaladas con cartón", estaban bien, indicando que se trataba de una obra "que no estaba en situación de abandono".

Por todo esto, el juez, recuerda el Tribunal de apelación, no dio credibilidad a las declaraciones realizadas por los acusados sobre que los efectos que cogieron estaban abandonados, al igual que ha hecho ahora la Audiencia, quien considera que no existió error en la valoración de la prueba y confirma la sentencia.

También rechaza admitir una prueba solicitada consistente en el visionado de una grabación realizada por un teléfono móvil, diligencia que ya fue denegada por el juez instructor al no haberse aportado en un soporte apto, además de que las imágenes fueron tomadas meses más tarde de los hechos.

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