El Colegio de Médicos replica que la sentencia del juez no resuelve el fondo de la cuestión planteada

El Foro de la Familia también lamenta la "escasísima sensibilidad" del auto emitido por el juzgado malagueño

El Colegio de Médicos de Málaga ha replicado este viernes que el auto del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de la capital malagueña relacionado con el derecho de objeción de conciencia de un médico de atención primaria de Antequera sobre el aborto no resuelve sobre el fondo de la cuestión planteada por dicho galeno.

La entidad colegial malagueña, que ha precisado que "no ha tramitado dicho procedimiento desde su asesoría jurídica", ha sostenido en un comunicado que, atendiendo a la información que del referido caso se pose, dicha resolución "no es una sentencia que resuelva sobre el fondo de la cuestión planteada por el médico, en este caso el derecho al ejercicio de la objeción de conciencia, sino que se trata de un auto dictado para la resolución de la pieza separada de medidas provisionales".

Así, desde el Colegio han señalado que en dicho auto lo que se resuelve es "sobre la petición de suspensión cautelar que el médico realizó respecto a la resolución de la Gerencia del Área Sanitaria Norte de Málaga, por la que se le daba respuesta a la declaración de objetor de conciencia del facultativo".

Además, señala que, "como el propio auto recoge, el pronunciamiento que en el mismo se realiza se encuentra delimitado a la decisión sobre la suspensión solicitada y no sobre el fondo de la cuestión, es decir sobre el derecho fundamental del médico al ejercicio de la objeción de conciencia".

"El único pronunciamiento recogido en el auto del juzgado se refiere a la denegación de la suspensión cautelar de la ejecutividad de la resolución de la Gerencia Sanitaria", prosigue el comunicado del Colegio de Médicos, en el que también se argumenta que la decisión judicial recogida en el mismo auto del juzgado malagueño "se encuentra en contradicción con el criterio emitido por El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM), que recientemente acordó la suspensión cautelar de los efectos de la resolución de la Gerencia del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, por la que se establecía la instrucción de que respecto al cometido de informar no existe la posibilidad de objeción de conciencia por parte del profesional sanitario".

Del mismo modo, recuerda que el TSJCM acordó la adopción de la medida cautelar por la que se permite a los médicos que no sean especialistas en Obstetricia y Ginecología ni en Anestesiología y Reanimación, y en particular a los médicos de atención primaria, "plantear en la forma y por los medios que en su caso la administración establezca, y en otro caso por simple manifestación escrita, la objeción de conciencia con respecto a los deberes de información a que se refiere la circular del SESCAM".

Por todo ello, desde el Colegio de Médicos de Málaga consideran "evidente" que la participación de los médicos de atención primaria en los procesos de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) "constituye un acto asistencial, puesto que es el médico de cabecera el primero que recibe a la paciente que manifiesta su deseo de interrumpir voluntariamente su embarazo y es él quien, tras solicitar los datos necesarios respecto a las posibles semanas de gestación, se encarga de realizar la derivación de la paciente".

Así, ha instado a los poderes públicos a que arbitren la fórmula "que consiga el respeto y compatibilización de los derechos de todos los ciudadanos, debiendo estar comprometida la Administración con la gestión de la diversidad en la que se fundamenta nuestra sociedad".

Del mismo modo, el Foro de la familia ha lamentado "profundamente" lo que entiende como una "escasísima sensibilidad a los derechos humanos demostrada por el juzgado de Málaga" respecto a la objeción de conciencia.

El presidente de esta entidad, Benigno Blanco, ha opinado que el derecho a la objeción de conciencia "es un arma de defensa frente al totalitarismo que las democracias occidentales han ido asentando desde la Segunda Guerra Mundial y que actualmente esta incorporada a la Constitución Europa".

Para Blanco, resulta "por ello muy preocupante los síntomas de retroceso en el respeto a este derecho que se perciben en España en los últimos años", extremo que, a su juicio, "pone de manifiesto la incomprensión de jurisprudencia del Tribunal Supremo respecto a educación para la ciudadanía y las previsiones inconstitucionales de la nueva ley del aborto en esta materia".

No obstante, desde el Foro de la Familia han solicitado y a la par agradecido a los médicos y demás personal sanitario "que defiendan con todas las consecuencias este derecho fundamental de no colaborar de ninguna manera con algo intrínsecamente inicuo como es un aborto".

Además, ha solicitado a los jueces y magistrados que tengan la necesaria sensibilidad democrática para poner la inviolabilidad de las conciencias y la libertad de pensamiento y creencias por encima de las injustas pretensiones de la ley del aborto de limitar el ejercicio del derecho a la objeción". También ha expresado su apoyo a la asociación ANDOC.

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