La Audiencia de Zaragoza otorga a un padre la guardia y custodia individual de dos hijos

La Sección II de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha ratificado una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Zaragoza, concediendo a un padre de forma individual la guardia y custodia de dos hijos menores de edad y el uso de la vivienda familiar.

La Sección II de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha ratificado una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Zaragoza, concediendo a un padre de forma individual la guardia y custodia de dos hijos menores de edad y el uso de la vivienda familiar.

Tras la sentencia del citado Juzgado, la madre presentó un recurso ante la Audiencia Provincial de Zaragoza en el que solicitaba la guarda y custodia compartida de los dos hijos del matrimonio, la ampliación del régimen de visitas y que no se estableciera pensión alimenticia a su cargo, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) en un comunicado.

En su resolución, la Sección II de la Audiencia ha recordado que la preferencia legal por la custodia compartida se basa en que 'a priori' es más beneficiosa para el interés del menor y más respetuosa con los derechos de ambos progenitores, si bien se puede optar por la custodia individual cuando sea más conveniente para el menor.

A este respecto, la sentencia ha estimado que existe una "escasa consistencia" de la recurrente "sobre los motivos por los cuales debe ser fijada la custodia compartida ahora, no habiéndola solicitado en su momento" y ha señalado "la ausencia de un plan adecuado para llevarla a efecto".

Argumenta, además, la "contundencia" del informe psico-social "del que se deduce una aptitud y voluntad mayor en el padre para asegurar en el presente momento la estabilidad de los hijos, así como la propia oposición de los menores —de 12 y 9 años—, favorables a la custodia con su padre".

Por eso, la Audiencia ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la madre y ha considerado que lo más conveniente en este caso "para el interés de los menores" es la custodia individual a favor del padre.

Régimen de visitas

La sentencia indica, en cuanto al régimen de visitas, que "teniendo en cuenta las recomendaciones del informe psico-social procede mantener el fijado por la sentencia apelada, sin perjuicio de valorar su ampliación en su momento".

En cuanto a la pensión alimenticia y gastos, sostiene que la sentencia apelada fija 150 euros mensuales de pensión a cargo de la recurrente para sus dos hijos comunes, "cantidad que debe ser mantenida", estableciéndose para los gastos extraordinarios la previsión legal.

El fallo de la sentencia de la Audiencia de Zaragoza recuerda que cabe interponer recursos por infracción procesal y casación ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo y, en caso de que se considere infringida la norma del Derecho Civil Aragonés, ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJA, en el plazo de cinco días.

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