¿Los conductores que llevan años conduciendo motos deben hacer el nuevo curso de la DGT?

Tras la conferencia de prensa de Fernando Grande-Marlaska, ministro del Interior del Gobierno de España, y Pere Navarro, director general de la DGT, sobre el Balance de Seguridad Vial, han surgido varias dudas sobre las medidas que se van a tomar.

Imagen de archivo de un piloto a los mandos de su motocicleta de 125 cc en Santander.
Imagen de archivo de un piloto a los mandos de su motocicleta de 125 cc en Santander.
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Imagen de archivo de un piloto a los mandos de su motocicleta de 125 cc en Santander.

El Balance de Seguridad Vial de 2023 reflejó que el número de personas fallecidas en siniestros de tráfico en vías interurbanas en España fue de 1.145, una cifra similar a la de 2022 y que precisa que los datos se siguen manteniendo estables desde hace una década

Pero, desde la Dirección General de Tráfico especifican que el colectivo de motoristas que ha incrementado su mortalidad en 45 fallecidos más con respecto al año 2022, hasta llegar a las 299 personas. Por lo que, Grande-Marlaska anunció varias medias para reducir esta cifra, entre las que se incluye un curso específico para que habilite a los conductores de coche a pilotar motocicletas de 125, una vez cumplan tres años de antigüedad en su permiso.

¿Podrán los conductores de coche seguir pilotando su moto de 125 cc?

Hasta la fecha, desde la Dirección General de Tráfico no se ha dado a conocer esta información, por lo que debemos esperar unos días o semanas hasta que se decida si los conductores con el carnet de coche que tienen años de experiencia pilotando motos de 125 cc gracias a que se han beneficiado de la anterior normativa deban pasar un examen ahora, aunque sería una medida sorprendente. 

Por otra parte, la DGT confirmó que los conductores que cumplan con los tres años de experiencia en el permiso B a partir de ahora, sí que les será obligatorio superar este nuevo curso habilitante o prueba antes de conducir una motocicleta de 125.

¿Cómo es la normativa actual?

Un hombre pilota su moto de 125 cc por la ciudad.
Un hombre pilota su moto de 125 cc por la ciudad.
Getty Images/iStockphoto

Hoy en día, el artículo 4.2 del Reglamento General de Conductores especifica que “se podrán conducir dentro del territorio nacional con el permiso de la clase B, con una antigüedad superior a tres años, las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1”, es decir, las de 125 cc o menos. 

Pero el cambio que se ha propuesto desde la Dirección General de Tráfico se asemeja al modelo de Francia, donde los conductores con carnet de coche deben asistir a un curso de siete horas si o si antes de pilotar una motocicleta por las carreteras del país galo.

¿Cuándo llegará la futura normativa?

Aunque aún no se saben fechas de la entrada en vigor de esta normativa, es preciso indicar que para modificar el permiso B, que hasta ahora permite conducir una motocicleta de 125 cc o menos, es necesario que el Reglamento General de Conductores cambie, un trámite que se realiza de un día para otro. 

Por tanto, lo más seguro es que este cambio en la normativa no llegue a consumarse hasta verano como mínimo, ya que, si hubiera algún problema o retraso, no entraría en vigor hasta el último trimestre del año.

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