El presidente del CAPI insiste en la "absoluta necesidad" de la Justicia Penal Internacional

  • El presidente del Colegio de Abogados Penal Internacional (CAPI), Blas Jesús Imbroda, ha inaugurado esta semana la nueva edición del Máster Universitario en Abogacía y ha insistido en la "absoluta necesidad" de la Justicia Penal Internacional.
El presidente del Colegio de Abogados Penal Internacional, Blas Jesús Imbroda
El presidente del Colegio de Abogados Penal Internacional, Blas Jesús Imbroda
EUROPA PRESS
El presidente del Colegio de Abogados Penal Internacional, Blas Jesús Imbroda

"Quien pueda cuestionar su necesidad está planteando algo absolutamente contrario a los más elementales principios del derecho porque quien mantenga que esta no es necesaria está amparando la impunidad de los más execrables crímenes contra la humanidad", ha apuntado durante la ponencia titulada 'Los retos de la justicia penal internacional'.

No obstante, ha lamentado que "no todo el mundo la apoya" ya que "existen estados que atacan sistemáticamente a la población civil desde los aparatos de poder y asesinan, torturan y persiguen políticamente con todo tipo de actos inhumanos y degradantes".

Por ello, ha señalado que "tiene que haber una justicia en el mundo que exija una respuesta y que siente en el banquillo a estas personas" y, a su juicio, esta está representada por la Corte Penal Internacional (CPI).

En concreto, ha explicado que tras la Segunda Guerra Mundial "se despertaron muchas conciencias y se impulsaron numerosos tratados internacionales como consecuencia de la barbarie vivida". "Empezó un desarrollo y una conciencia con la creación de los primeros códigos criminales internacionales", ha añadido.

CORTE PENAL INTERNACIONAL

En cuanto al Colegio de Abogados Penal Internacional, ha apuntado que este se creó en el año 2002 con el objetivo de "luchar y trabajar por los principios de la Justicia Penal Internacional, como son los derechos humanos, los tribunales penales internacionales y la Corte Penal Internacional".

Finalmente, ha sido preguntado por las posibles competencias de la CPI sobre los delitos cometidos durante el franquismo y ha recordado que esta Corte no puede juzgar crímenes anteriores a su entrada en vigor en julio del año 2000.

"Aunque en 1968 se acordó internacionalmente que los crímenes contra la comunidad internacional son imprescriptibles y en esa parte entraría España, la CPI, a efecto competencial, no va a reconocer más que crímenes ocurridos a partir de su entrada en vigor", ha concluido.

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