El Gobierno de Navarra crea un registro de convenios y acuerdos de la Administración foral

Tiene como objetivo dar a conocer y controlar documentos que se firman con otras entidades y organismos

El Gobierno de Navarra, en su sesión de hoy, ha aprobado la creación del registro de convenios y acuerdos de la Administración de la Comunidad foral que, sobre los principios de publicidad, transparencia y racionalización, tiene por objeto dar a conocer y controlar los documentos que el Ejecutivo navarro firma con otras entidades y organismos.

La iniciativa redundará en una mayor eficacia y eficiencia en los convenios y acuerdos que se suscriban, ya que servirá para conocer en cada momento los textos vigentes y, con ello, evitar posibles duplicaciones y contradicciones con motivo de nuevas suscripciones, ha destacado en rueda de prensa el consejero de Relaciones Institucionales y portavoz del Gobierno, Alberto Catalán.

Asimismo, el registro reflejará las modificaciones, suspensiones, prórrogas y demás incidencias que se puedan dar en los documentos durante su vigencia, así como el momento de su extinción.

Por otro lado, pretende dotar de cierta homogeneidad a los convenios y acuerdos que se firmen, mediante el establecimiento de una definición y una tipología que reduzca las heterogéneas denominaciones que se dan a los mismos.

El registro, que queda adscrito a la Dirección General competente en materia de relaciones institucionales (integrada en esta legislatura en el Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno), será público y su consulta será gratuita. Los datos más significativos (la relación de convenios, las partes firmantes, el objeto del documento, el plazo de vigencia, etc.) se podrán consultar telemáticamente, a través del portal del Gobierno de Navarra (www.navarra.es).

En él se inscribirán los convenios y acuerdos que la Administración de la Comunidad foral y sus organismos públicos suscriban con la Administración General del Estado, con las comunidades autónomas, con las entidades locales y con los organismos públicos vinculados o dependientes de las anteriores.

También se incluirán los documentos firmados con los órganos constitucionales y estatutarios, con los entes públicos de otros Estados u organismos internacionales y con cualquier otra entidad o persona, física o jurídica, tanto de Derecho público como de Derecho privado.

Quedan excluidos, además de los sometidos a la legislación de contratos públicos, el Convenio Económico con el Estado y los convenios relacionadas con las encomiendas de gestión, las subvenciones, la Junta de Seguridad y el urbanismo.

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