Según el fallo de la Sala de lo Social del TSJA con sede en Granada, la Escuela tendrá también que abonar los salarios dejados de percibir. De este modo el Alto Tribunal andaluz revoca la sentencia dictada en su día por el Juzgado de lo Social número 6 de Granada que no vio discriminación religiosa en el despido, que declaró improcedente, lo que motivó el recurso del demandante, el profesor Josué González.
La Sala considera que existen señales o acciones que manifiestan de forma "inequívoca" que el despido del actor se ha producido de "manera discriminatoria por motivos ideológicos o religiosos". Ello porque resalta el fallo que la Junta Directiva no recibió "ninguna queja" ni tenía "nada personal contra él", ya que incluso fue propuesto para completar su horario docente hasta alcanzar la jornada completa para 2007/2008.
Sin embargo, pese a que contaba con contrato temporal hasta el 30 de septiembre de 2007, en julio se le preavisó de la no renovación no porque no reuniera el perfil profesional, de hecho estaban "muy contentos" con él y se ofrecieron incluso a darle una carta de recomendación, sino porque "no reunía el perfil que se estaba buscando", según le manifestó la administradora.
Perfil católico
Ella le dijo que el perfil era "el de toda la vida" en la Escuela, el que dice el Reglamento porque es una Escuela de la Iglesia Católica que forma maestros cristianos, descansando "el perfil sobre dos pilares: el profesional y el de identidad religiosa". El problema, según le explicaron al profesor, no era con los contratos indefinidos sino con los temporales.
La Escuela decidió hacer fijo a otro profesor que "tenía menos jornada, carga docente y antigüedad que el demandante porque tenía la Declaración Eclesiástica de Idoneidad (DEI), había estado de voluntario en Bolivia, se había implicado más en el centro, tenía el módulo superior de Gestión Informática y había sido catequista". Todo ello le hacía "más idóneo" para el puesto, según la Escuela.
El TSJA dictamina que puesto que "existiendo necesidades de carga docente de dos profesores de Educación Física y Deportiva a tiempo parcial y desde mayo de 2007 uno de ellos a tiempo completo, no se le renovó y se hizo fijo a otro aspirante al considerarlo más idóneo, y se contrató a un tercero para paliar el cese del demandante". Se advierte en el fallo, con fecha 26 de marzo, a la parte condenada que tanto si recurre ella como el actor deberá
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