La sala rechaza así la petición de la Fiscalía de que el Supremo acordara esa medida cautelar de manera urgente y sin escuchar las alegaciones de los partidos demandados, basándose en la vinculación de estos con la ilegalizada Batasuna y la organización terrorista ETA.
La petición de la Fiscalía se producía en vísperas de las vistas que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 ha convocado para los próximos días 4 y 5 de febrero para abordar la suspensión de actividades del PCTV y ANV.
La AVT, acusación popular
A estas vistas asistirán la representación legal de las dos formaciones abertzales: la abogada Jone Goirizelaia en el caso del PCTV e Íñigo Iruin en el de ANV; también asistirá la Fiscalía y, en representación de la acusación popular, la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) y el colectivo Dignidad y Justicia (DyJ).
En ambos casos la vista se celebrará al amparo del artículo 129 del Código Penal, que prevé que el juez o el tribunal pueda imponer, "previa audiencia del ministerio fiscal y de los titulares o de sus representantes legales y de forma motivada, la clausura de la empresa, sus locales o establecimientos, con carácter temporal o definitivo" y "la suspensión de las actividades de la sociedad, empresa, fundación o asociación".


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