El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha informado este jueves al Gobierno español y a los abogados de Batasuna que ha declarado parcialmente admisibles las demandas presentadas en 2004 por Batasuna y Herri Batasuna sobre libertad de expresión, de asociación y derecho a recurso.
En esas demandas, Batasuna había invocado las
El tribunal con sede en Estrasburgo ha aceptado estudiar el fondo del asunto en lo relativo a los artículos 10 y 11, y ha rechazado examinar el presunto incumplimiento alegado del artículo 13.
La admisión parcial de las demandas implica que el Tribunal de Derechos Humanos pasará a examinar el fondo de las mismas y emitirá una sentencia en los próximos meses.
En su escrito, los demandantes se quejaban de que la
El texto de la demanda señalaba que los términos de la legislación por la que han sido ilegalizados son "muy vagos, indeterminados y confusos" y que
De este modo, según los demandantes, se impedía su presentación a las elecciones municipales del 25 de mayo de 2003, "respondiendo a una decisión política del Gobierno del PP".
Al no admitir a trámite el examen de la presunta vulneración del artículo 13 del Convenio (derecho a un recurso efectivo), el Tribunal Europeo rechaza la supuesta "ausencia de imparcialidad e independencia" del presidente del Supremo español, Francisco José Hernando, de la que se quejaba Batasuna por haber sido el ponente del caso que decidió su ilegalización.
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