Los autónomos por fin tienen derechos laborales

Más de tres millones de currantes españoles cuentan ya con un Estatuto del Trabajador. Pero no el que entró en vigor hace 27 años, sino el Estatuto del Trabajador Autónomo. Se trata de un nuevo marco legal que establece por primera vez en la democracia el catálogo de derechos y deberes de un colectivo fundamental para la economía del país.

Aunque acaba de entrar en vigor, el total desarrollo del estatuto se producirá en tres fases: la que está actualmente en marcha, la segunda, que comenzará el 1 de enero, y el resto antes de que cumpla un año.

A partir de ahora

Derechos: Además de definir la figura del trabajador autónomo, el estatuto reconoce el derecho fundamental a la igualdad y a no ser discriminado en su actividad por motivo alguno.

Accidentes: El estatuto regula reglas de prevención de riesgos laborales.

Dependiente: Se reconoce como autónomo económicamente dependiente a quien recibe al menos un 75% de un solo pagador. Tendrán derecho a 18 días hábiles de vacaciones y jornada semanal con descansos y festivos.

Familiares: Los autónomos podrán contratar a jornada parcial o completa a los hijos menores de 30 años.

Bonificaciones: La nueva norma mejora las bonificaciones a la cotización de la Seguridad Social de los varones menores de 30 años y las mujeres menores de 35, para fomentar la cultura emprendedora.

Desde el 1 de enero

Cotizaciones: Los autónomos que no estén de baja deberán cotizar obligatoriamente por incapacidad temporal. Los económicamente dependientes también cotizarán por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Pluriempleados: Los autónomos que desarrollen varias actividades profesionales podrán beneficiarse de reducciones y bonificaciones en las bases de cotización, siempre que la suma de éstas no supere la base máxima de cotización a la Seguridad Social.

Lo que falta por desarrollar

Entre los aspectos que deberán desarrollarse antes de un año se encuentra, por ejemplo, la prestación por cese de actividad; o la cotización obligatoria en accidentes de trabajo y enfermedades profesionales para actividades peligrosas o insalubres. Asimismo, deberá darse forma a la fórmula de contrato del trabajador económicamente dependiente, así como aspectos tales como la modalidad o el órgano de intermediación y arbitraje al que deben acudir. Además, falta por decidir las asociaciones de autónomos que se considerarán representativas del sector a las que se les reconoce la capacidad de interlocución social.

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El final de la marginación. Lorenzo Amor. Pdte. federación nacional trabajadores autónomos ATA

Los autónomos estamos de enhorabuena porque por fin tenemos estatuto propio y porque se ha logrado con el consenso de todos los partidos del Senado y del Congreso a pesar de la que está cayendo. Se trata del final de muchos años de marginación para varios millones de personas que eran tratadas como ciudadanos de segunda clase y que han contribuido como a la creación de empleo, riqueza y cohesión social. Además de establecer un catálogo de derechos y deberes, el estatuto servirá para amparar a los trabajadores por cuenta propia y fomentar la cultura emprendedora. Aunque estamos muy satisfechos, la negociación del estatuto ha sido una larga carrera de más de tres años y podríamos considerar que nos hemos quedado muy cerca de la meta. Es decir, que hay puntos mejorables. Por ejemplo, nos hubiera gustado profundizar en el aspecto de la jubilación anticipada y generalizarla para todos los autónomos. También hubiera sido positivo adaptar el régimen fiscal a las necesidades de las personas físicas y no sólo jurídicas, ya que se trata del colectivo más numeroso entre los autónomos.

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