El Tribunal Supremo absuelve por falta de pruebas a un condenado a 14 años por violación

  • La Sala anuló la sentencia que confirmó la Audiencia de Madrid a Paulino L. ya que considera que la agresión no la considera probada.
  • "Ante la ausencia de corroboraciones eficaces, una insuficiencia o debilidad probatoria evidente y palpable", argumentó el Tribunal.
  • La menor acusó al reo de haberla violado en repetidas ocasiones, pero éste rebatió su relato afirmando que tenía origen en los problemas con su madre.
La sede del Tribunal Supremo, en Madrid.
La sede del Tribunal Supremo, en Madrid.
XAVIER VALLBONA/ACN
La sede del Tribunal Supremo, en Madrid.

El Supremo ha anulado por falta de pruebas la condena a 14 años que la Audiencia de Madrid impuso a un hombre, Paulino L., por la violación de la hija de su pareja, agresión que el alto tribunal no considera probada.

"La Sala ha detectado, ante la ausencia de corroboraciones eficaces, una insuficiencia o debilidad probatoria evidente y palpable, en aras a justificar hechos de la gravedad de los enjuiciados y que han permitido imponer 14 años de prisión", dice la sentencia.

El hombre fue condenado en abril de 2015, por una causa abierta por un Juzgado de Fuenlabrada en 2014, a la citada pena, pero ahora el alto tribunal le libera al apreciar que existen serias dudas sobre la veracidad del relato de la víctima acusando a la pareja de su madre.

Problemas con su madre

La menor, una adolescente, acusó al reo de haberla violado en repetidas ocasiones, pero éste rebatió su relato afirmando que tenía origen en los problemas de la joven con su madre. Además, señaló que la acusación no concretaba dónde y cuándo exactamente se produjeron los hechos.

El Supremo no acepta estos argumentos, pero sí tiene en cuenta otros elementos, pues cuando la única prueba es el testimonio de la víctima, dice, cabe buscar circunstancias que corroboren o no su relato.

Así, toma en cuenta el tribunal por ejemplo que los hechos denunciados ocurrieron supuestamente en 2009 y 2010, pero no fueron hechas las acusaciones hasta años más tarde, sin saberse a ciencia cierta por qué no se denunciaron antes.

Testimonio incoherente

Es posible que la joven haya podido perseguir un dinero de indemnización; no se entiende por qué no contó los hechos a sus amigas o a su novio, con quien sí mantuvo relaciones sexuales consentidas, dice el Supremo también.

Además, la madre ha declarado que en la época en la que supuestamente sucedieron los hechos la joven tenía gestos de cariño hacia el denunciado, "algo incoherente con lo que se espera de la víctima hacia su agresor", añade.

Otros elementos tenidos en cuenta por la sentencia son que la denunciante siempre dormía con su hermana pequeña o que la joven dijo que recordaba el aire acondicionado cuando sucedió la primera agresión, situada por ella en 2009, cuando el electrodoméstico no fue instalado en la casa hasta un año más tarde, añade el tribunal para echar por tierra las acusaciones.

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