Rivera exige al PSOE una reforma exprés de la Constitución para llegar a un acuerdo

  • El líder de C's afirma que el acuerdo "está cerca", pero que hay "escollos importantes".
  • Su "reforma exprés" incluye cinco puntos que considera irrenunciables, entre ellos el fin de los aforamientos y la supresión de las diputaciones.
  • Tiende la mano al PP y admite que trabaja para lograr al menos su abstención.
El presidente de Ciudadanos, Albert Rivera, durante su comparecencia en rueda de prensa en el Congreso para valorar el estado de las negociaciones para formar gobierno.
El presidente de Ciudadanos, Albert Rivera, durante su comparecencia en rueda de prensa en el Congreso para valorar el estado de las negociaciones para formar gobierno.
Javier Lizón / EFE
El presidente de Ciudadanos, Albert Rivera, durante su comparecencia en rueda de prensa en el Congreso para valorar el estado de las negociaciones para formar gobierno.

Solo unas horas después de la maratoniana reunión entre los partidos de izquierda, que contaba por primera vez con los equipos negociadores de PSOE y Podemos, el líder de Ciudadanos, Albert Rivera, ha anunciado que su formación "está cerca de alcanzar un acuerdo con el partido socialista", pero que hay "escollos importantes", por lo que ha pedido a los socialistas "un último esfuerzo".

Rivera, que estuvo reunido este lunes con el líder del PSOE, Pedro Sánchez, y cuyo equipo de trabajo se ha vuelto a reunir esta mañana con el de los socialistas, ha informado de que exige una "reforma exprés de la Constitución" con cinco puntos y cuya aprobación es "condición sine qua nom" para llegar a un acuerdo. Estos bloques son la supresión de los aforamientos, las que Iniciativas Legislativas Populares pasen a requerir 250.000 firmas en lugar de 500.000, la despolitización de la Justicia, la supresión de las diputaciones y limitar a ocho años los mandatos para el presidente del Gobierno.

"Ciudadanos no está dispuesto a renunciar a esto, si no se aprueba esta reforma exprés no habra acuerdo, más claro no lo puedo decir", ha dicho el presidente de C's. A su juicio, estos requisitos son imprescindibles para un "Gobierno reformista y de cambio".

Para esa reforma constitucional, que precisaría los votos a favor del PP, que tiene la mayoría absoluta en el Senado, Rivera ha tendido la mano a los populares, con quienes la formación naranja se reúne esta misma tarde "El PP tendrá que votar y decir si está de acuerdo". "Es un partido necesario para las reformas estructurales de España, es un partido con el que tenemos que contar", ha añadido. Rivera ha reconocido sin ambages que está trabajando para lograr la abstención del partido que lidera Mariano Rajoy, a lo que este se niega rotundamente.

La propia Constitución establece que este tipo de reforma constitucional debe ser aprobada por tres quintos del Congreso y del Senado. En la Cámara Baja eso supone 210 escaños, un umbral que podría superarse sin el PP, puesto que los de Mariano Rajoy tienen 123 escaños --en el supuesto de que Pedro Gómez de la Serna vote con sus excompañeros--. El resto suman 227, así que la iniciativa necesitaría el apoyo de PSOE, Podemos, Compromís, IU, PNV, CC y al menos uno de los tres partidos independentistas, DL, ERC o Bildu --con los dos de Bildu llegarían justo a 210--.

Con todo, la reforma quedaría frenada en el Senado, salvo que tuviera el visto bueno del PP. En este Cámara los 'populares' tienen 143 escaños, nueve más que la mayoría absoluta, así que los del resto combinados se quedan lejos del umbral de los tres quintos (159 del total de 266 senadores). Cuando no se consigue la mayoría en ambas Cámaras, la Constitución prevé que se cree una comisión, formada a partes iguales por diputados y senadores, que someta un texto a votación de las dos.

Si aun así no se consigue, la reforma puede aprobarse si logra la mayoría absoluta en el Senado y dos tercios del Congreso, pero tampoco en este caso saldría adelante sin el PP, porque en la Cámara Alta sus escaños superan la mayoría absoluta y en la Baja los 122 diputados 'populares' son más de un tercio (117) de los 350 parlamentarios. En caso de que la reforma saliese adelante en las Cortes Generales, tendría que someterse a referéndum si así lo pidiesen, en un plazo de 15 días después de su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.

Reformar 10 preceptos constitucionales

La reforma que plantea Rivera obligaría a reformar una decena de preceptos constitucionales. El aforamiento de los diputados y senadores está previsto en el artículo 71, que establece que su responsabilidad criminal debe dirimirla el Tribunal Supremo, que para ser juzgados se requiere el visto bueno de la Cámara a la que pertenecen y que sólo pueden ser detenidos en flagrante delito. Por su parte, el artículo 102 regula el aforamiento de los ministros del Gobierno.

En cuanto a la Iniciativa Legislativa Popular (ILP), el artículo 87.3 establece que para promoverla hacen falta no menos de 500.000 firmas y que no son posibles en materias reservadas a leyes orgánicas, como tampoco en el ámbito tributario ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia. Las diputaciones provinciales están recogidas en el artículo 141, que establece que el gobierno autónomo de la provincia se encomienda a "diputaciones u otras corporaciones de carácter representativo".

Respecto a la duración del mandato del presidente del Gobierno, el artículo 98, que regula su figura, no dice nada al respecto, y sólo precisa en su apartado 4 que "una ley regulará su estatuto e incompatibilidades". Por último, lo que Rivera ha llamado la "politización de la Justicia" puede referirse a los artículos relativos al nombramiento de miembros del Tribunal Constitucional (TC) y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Son el artículo 122.3, según el cual a cuatro de los 20 miembros del CGPJ debe nombrarlos el Congreso y a otros cuatro el Senado, en ambos casos por mayoría de tres quintos; y el 159, que establece cómo se nombran los miembros del TC: cuatro a propuesta del Congreso y cuatro por el Senado --con mayoría de tres quintos de cada Cámara--, dos por el Gobierno y dos por el GCPJ. También está el artículo 124.4, según el cual el Gobierno nombra al Fiscal General del Estado.

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